¿Pueden quitar la cubierta del tejado del patio de luces?

Tengo un problema el cual me esta ocasionando muchos nervios y angustia.

Vivo en un primer piso con salida por la cocina a mi lavadero(lo pone en la escritura)y que a su vez es un patio de luces de 3x3. En su día había un pequeño muro que delimitaba el lavadero del patio y que mi padre, anterior propietaro(ahora fallecido)previa consulta al registro de la propiedad, retiro ya que cada vez que tenían que limpiar tenían que saltar. Esto fue en el año 1994 aunque no tengo ninguna documentación. Desde entonces se ha hecho uso, disfrute y mantenimiento del mismo sin que ningún vecino haya hecho mención de ningún tipo. Desde el fallecimiento de mis padres yo soy la propietaria. Hace un tiempo y después de soportar durante mucho tiempo que cayera agua de la ropa chorreando de la vecina del piso de encima. Le pedí por favor que no tendiera la ropa chorreando agua a lo que me contesto que ese patio no era mio y era para tender... Desde entonces me esta haciendo la vida imposible, cuando salgo a tender... Que no mire para arriba... Y un comportamiento hacia mi persona que me resulta muy incomodo y violento. Todo sea dicho que es la mujer del presidente de la comunidad, el cual lleva en el cargo varios años ya que esta jubilado y nadie quiere tomar esa responsabilidad y encima como hay bastantes persona mayores delegan su voto en el.

El patio esta cubierto a la altura del tejado(esta cubierta no venia de origen, pero cuando mis padres fueron a vivir 1987 ya estaba) y los cristales están rajados y lo que empezó por unas gotas ahora es insoportable teniendo que poner cubos si no quiero que me entre agua en casa o me llegue a la lavadora ya que el único desagüe esta dentro de lo que es mi lavadero(es el único que sale en los planos de obra) y ante mi petición de que se arregle, dicha señora se ha empeñado en retirar la cubierta alegando que no ventila bien el patio y presentando dos presupuestos, uno para la retirada de 1000 euros aprx. Y otro para la reposición de 6000 euros a lo cual la mayoría de vecinos como no les afecta directamente prefieren quitarla para no pagar.

¿Pueden quitarla con la mayoría de votos aunque yo no este de acuerdo? ¿O seria necesaria la unanimidad de votos? La administradora me ha dicho que con la mayoría si... Aunque le he explicado mi situación en reiteradas ocasiones se limita a decirme que ella no puede hacer nada, que hable con el presidente

Me siento totalmente desamparada y agredida personalmente.

Siento haberme extendido.

2 respuestas

Respuesta

Si la mayoría están de acuerdo, tu voto en contra no sirve de nada.

Gracias.

Pero creo que tendré que impugnar ante los tribunales...no soy técnico pero el patio no esta en condiciones de asumir el agua de lluvia ya que como le decía el único desagüe esta  muy cerca de la puerta de mi cocina y el desnivel del suelo hace que se encharque en el extremo opuesto del patio y nadie se ha molestado ni siquiera en valorarlo.cree que puedo tener alguna posibilidad?me angustia este tema ,no estoy acostumbrada a estas movidas.

Ponte en contacto con un aparejador, le explicas el caso, y que el decida.

Respuesta

Según cuenta usted, el patio es de su propiedad, eso es así o tiene el uso el disfrute, ¿o no tiene nada?

Sobre el patio no comento nada pues no se su situación.

Referente a la cristalera lea el art. 17.4 de la LPH y vera qud necesitan 3/5 para su retirada, y si no se logra esa votación, es obligatoria su reparación art. 10.1. Remita a la administradora el art.17.4 porque la pobre es muy cortita

En la escritura solo figura el lavadero,pero el patio de 3x3 mt. esta contiguo a mi lavadero que antiguamente estaba delimitado por un pequeño muro,de altura como la lavadora aprox.que segun dicen venia de origen y desde 1994 que se retiro el muro tengo uso disfrute y mantenimiento de todo el espacio.

Disculpe, pero me asaltan muchas dudas...

Tengo entendido que si la única puerta de acceso al patio es desde mi casa, tengo el derecho de uso, disfrute y mantenimiento.Es el razonamiento que en su día le dijeron a mi padre en el registro de la propiedad y por el motivo que decidió quitar dicho muro(1994) sin impedimento por parte de la comunidad y haciendo uso disfrute y mantenimiento desde entonces, aunque como ya le he dicho anteriormente no tengo nada que lo acredite ni se tan siquiera que conste en ninguna acta de la comunidad.

En el caso de que quitaran la cubierta... yo no soy técnico, pero el patio no esta en condiciones de asumir el agua de la lluvia ya que el único desagüe (el único en los planos de obra)esta en la zona que corresponde a mi lavadero, donde tengo la lavadora(aunque se empeñan en decir que había otro y que "alguien"lo ha tapado) muy cerca de la puerta de mi cocina y cuando cae el agua se va hacia el otro extremo por el nivel del suelo.

¿Tengo claro que el interés de esta buena señora en quitar la cubierta es de que vueva estar el antiguo muro y ella poder tender la ropa chorreando como había hecho siempre.Me pueden quitar después de tanto tiempo el uso del patio? ¿Aunque sea indirectamente a causa de quitar la cubierta? Quien tiene que adecuar el patio para eso(poner el muro, nivel del suelo,desagüe nuevo)presupongo que la comunidad. Decirle que en su día puse el suelo nuevo con permiso de la comunidad.El tema de la limpieza también me preocupa ya que ahora esta siempre limpio porque me encargo yo, ¿lo cuál lo comente en la ultima reunión y la administradora dijo que mandarían a una empresa de limpieza para hacerlo teniendo que facilitar yo el acceso por mi vivienda ... cada cuanto tiempo? ¿Tengo qué adaptar mi horario para ello? Esto me parece subrrealista y me esta provocando mucha angustia... ¿cree qué tengo alguna posibilidad si impugno ante la justicia?

Gracias por su consejo

Un saludo

Lo del uso y disfrute yo no lo tengo claro, para que sea así, debera figurar en la escritura de obra nueva del edificio, vsya al Registro y lo solicita, y no se fie de lo que le digan sin consultar dicha escritura

Como no sabemos si del patio tiene o no el uso y disfrute, no le podemos decir nada, pero por lo que comenta llego a la coclusión que del patio usted no tiene el uso y disfrute. Y la cristalera ya le he indicado que necesitan 3/5 para su aprobación. Y siempre le quedará el recurso de impugnar

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