Local que no se puso en la liquidación de gananciales hace 21 años

Una vez fallecido mi padre en el 1998 se liquido la sociedad ganancial y se llevo a cabo la herencia, pero se quedo una propiedad comprada en gananciales.

Ahora estoy pensando en realizarlo por adicción de herencia, yo como único heredero y mi madre. ¿Me puede donar mi madre el 50% que quedará en pleno dominio? ¿Y pasar la nuda propiedad al 100% a mí? Quedándose ella el usufructo.

¿Qué consecuencias tiene esto a nivel fiscal? La escritura mal hecha que hicieron no tiene valor la propiedad

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Efectivamente la formula es la adición de herencia... con sus correspondientes impuestos (que pueden estar prescritos).

En determinados casos, usted podrá compensar a su madre con dinero, por el usufructo por ejemplo... o por la propiedad de su 50% en la misma escritura, pero entonces si tendrá que liquidar impuestos conforme a la normativa su comunidad autónoma.

Si lo hace como una donación, pues tendrá que calcular los impuesto correspondientes conforme a la normativa de su comunidad autónoma y ver cual es mas favorable...

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