¿SE puede hacer seto con cipreses en jardin privativo?

Precisaría si alguien me puede aconsejar sobre un problema con un cierre de parcela. Vivo en una urbanizacion de adosados donde el cierre perimetral de la urbanización es de malla electrosoldada y cipreses por detrás. Hay algunas viviendas que dan a zona común y están protegidas por este cierre y otras que dan directamente a la calle/acero publica, y estas solo tienen una malla electrosoldada divisoria entre la calle y la parcela de uso privativo.

Quiero colocar un cierre de cipreses detrás de la malla, de igual forma que están en el reto de la urbanización para preservar la intimidad. Pero es el caso de que hay vecinos que están en contra y no permiten que se haga nada. Logicamente no son los que tienen el problema, y les da igual que otros lo sufran!.

Me gustaria saber si tengo derecho a poder plantar ese seto de cipreses para preservar la intimidad, o si preciso la autorización de esos vecinos.

Respecto a la normativa municipal, permite la colocación de setos de este tipo detrás de las mallas divisorias. Pero no se si siendo un jardín de uso privativo tal y como indican las escrituras, debo tener permiso para poder plantar el seto de cipreses.

2 respuestas

Respuesta

Cuando habla de parcelas, entiendo que se trata de jardines, ¿no?

¿Esos jardines son comunitarios de uso privativo o son particulares?

¿Cuál es la proporción de vecinos que se opone a los cipreses?

Si correcto, me refiero a Jardín de uso privativo, tal y como indica la escritura. Entiendo ello implica es comunitario de uso privado. La vivienda linda con la calle por un frente y lateral,y lateral con un vecino.

La proporción no la tendría clara pero puede ser un 20% los que no quieren que se haga nada diferente de como se entregaron las viviendas.

Bien... Asumamos que son comunitarios, que es la peor situación. Si fuesen privativos, podría usted plantar lo que quisiera, siempre y cuando no provocara perjuicios a nadie, ni incumpliera ninguna normativa municipal.

Si son comunitarios, la Comunidad podría establecer (o tener ya establecidas) ciertas norma para el uso de los jardines.

Llegar a impedir que puedan plantar unos setos en el perímetro del jardín me parecería abusivo. ¿Acaso no pueden ustedes plantar en su jardín lo que más les guste? ¿Unas flores, algún arbusto, ...? Pues los setos, en principio, también. Lo que sí tendría sentido, en todo caso, es ponerse de acuerdo para que todos aplicaran las mismas soluciones, de forma que la estética global se viera favorecida.

Ahora bien, dado que podrían llegar a establecer unas normas, sí podrían llegar a prohibirlo (con independencia de si las posibles prohibiciones establecidas pudieran llegar a ser impugnadas). Y por eso le preguntaba qué proporción había en contra del seto. Tratándose de una clara minoría, no me preocuparía demasiado.

Para establecer un reglamento interno que prohibiera los setos haría falta una mayoría a favor de esa norma (y no la tienen). Y si alguien llegara a argumentar que están alterando una zona común (aunque de uso particular), sin permiso, pueden salvarlo si en una junta solicitan permiso y obtienen el apoyo de las 3/5 partes de propietarios y cuotas (60%, que lo tienen).

Respuesta

Puedes poner lo que quieras. Me refiero, claro, a cipreses o cualquier otro tipo de vegetación. Lo único que pueden impedir es que el seto alcance una altura exagerada. Esto puedes preguntarlo en tu ayuntamiento.

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