Consulta sobre la legitima en cataluña.

Viuda con dos hijos (A i B), con testamento, fallece, dejando sus bienes de la siguiente manera:
1. Propiedad a partes iguales a dos nietos (hermanos) hijos de A. Valor 68.000 euros.
2. Otra propiedad a otro nieto, hijo de B. Valor 37.000 euros.
3. Heredero universal al hijo A.
4. Saldo bancario: 10.000 euros (al heredero universal, A).
5. Al hijo B, por testamento, no le deja nada.
El hijo B reclama la legítima y las dudas son.
1. ¿El hijo A también puede solicitar la legitima aunque sea la heredera universal?.
2. Por un valor total de 112.000 euros, la cuarta parte son 28.000 euros. Eso significa que a cada hija, de legitima, ¿le corresponden 14.000 euros?. ¿Y los 10.000 euros del saldo? Son para el hijo A, ¿no?.

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Respuesta

Para empezar, 68.000 + 37.000 + 10.000 no suman 112.000 sino 115.000 euros. Por tanto, la legítima que puede reclamar el supuestamente "desheredado" (lo cual no es posible en Catalunya) es el 12,5% de 115.000, o sea 14.375 euros. Y si al hijo A se le declara "heredero universal", a los nietos no corresponder nada. Créeme, no se entiende. Pero hay un punto que puede además crear conflicto a la hora de pagarle al hijo B su parte, y es que no cuenta el valor que la testadora haya atribuido a estas propiedades pues lo que cuenta es el avalúo que se haga de ellas.. Creo que os habéis leído mal el testamento.

Hola, gracias por la respuesta tan rápida. Lo primero, es cierto, son en total 115.000. En segundo, el hijo A es el heredero universal del resto de bienes, sin contar las propiedades, es decir, de las 10.000 que hay en cuenta.  Y en cuanto a los valores, son los catastrales, que son los que las partes quieren utilizar, si es posible, para que la cuantía no sea más elevada y perjudique a los nietos 

Estás simplificando el problema. La cosa no es así. Si fuese así, el “heredero universal” se sacaría de encima al hijo B por cuatro perras, y no creo que éste lo consienta.

Rehago la pregunta. Si el montante fuera de 115.000, al hijo B le corresponden 14.275, correcto? . Y al hijo A, al que por herencia le toca 10.000, también puede reclamar la legítima? De cuánto sería? 

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