Consulta sobre la legitima en cataluña.
Viuda con dos hijos (A i B), con testamento, fallece, dejando sus bienes de la siguiente manera:
1. Propiedad a partes iguales a dos nietos (hermanos) hijos de A. Valor 68.000 euros.
2. Otra propiedad a otro nieto, hijo de B. Valor 37.000 euros.
3. Heredero universal al hijo A.
4. Saldo bancario: 10.000 euros (al heredero universal, A).
5. Al hijo B, por testamento, no le deja nada.
El hijo B reclama la legítima y las dudas son.
1. ¿El hijo A también puede solicitar la legitima aunque sea la heredera universal?.
2. Por un valor total de 112.000 euros, la cuarta parte son 28.000 euros. Eso significa que a cada hija, de legitima, ¿le corresponden 14.000 euros?. ¿Y los 10.000 euros del saldo? Son para el hijo A, ¿no?.
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Respuesta de Prof. Francisco Poveda