Información sobre herencia de padre fallecido, abuelo fallecido

Mi caso es mis padres se separaron antes de yo nacer y no llevo los apellidos de el pero tengo desde pequeña hasta el día de hoy relación con la familia de mi padre como tales.. Abuelos tíos.. Etc.. Eran mis vuelos y tres hijos, la cosa es que mi padre falleció hace 22 años y a los dos años murió mi abuelo su padre, el según mi abuela desheredo a sus hijos antes de fallecer, a todo esto mi padre ya había fallecido, mi abuela después de morir mi abuelo les dio pena sus dos hijos vivos y les repartió dinero delante de un notario y no contaron conmigo que soy hija de el fallecido. ¿Aparte de esto que quisiera saber si es legal o está bien? ¿Me quiero informar de que llegado el día que mi abuela fallezca a mí me pertenece algo como legítima de mi padre aunque no lleve los apellidos?

2 respuestas

Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Si no tiene sus apellidos, es posible que legalmente usted no sea considerado hijo de su padre y por lo tanto, no pueda reclamar derechos hereditarios de forma sencilla... En determinados casos, puede que su padre le reconociera, pero no le diera los apellidos... Un certificado de nacimiento del registro civil puede aclarar esta cuestión.

En cuanto a desheredar a los hijos, no es cuestión fácil en España (solo en casos muy concretos y en algunas legislaciones de ciertas comunidades autónomas es posible) y si usted es legalmente hijo de su padre, si podría reclamar la parte de herencia que le correspondiera en sustitución.

Respuesta

Este caso es muy complicado como para resolverlo desde este sitio. Deberás acudir a un abogado.

Primeramente es importante conocer la legislación que aplica, si la española general, algún fuero autonómico o el de otro país (dependiendo de la nacionalidad de los fallecidos y herederos).

Si su padre no la reconoció (le dio sus apellidos) y no hay ningún registro de paternidad, esta solo se podría demostrar mediante una prueba de ADN y dudo que su familia paterna quiera hacerla voluntariamente.

Incluso en un caso de hijos legítimos reconocidos, no haber solucionado las cosas en su momento (hace 22 y 20 años respectivamente), resultaría harto complicado, por lo que será imprescindible la asesoría de un profesional.

De demostrarse su filiación, sería heredera (¿única?) De su padre y en España no es posible desheredar totalmente a los herederos, por lo que si eran tres hijos los de sus abuelos, al menos le correspondería un tercio de un tercio (y volvemos a dependiendo de que régimen legal tengan según residencia y nacionalidad).

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