Pensión por hijo a cargo, ¿Me pertenece?

Tengo 43 años y un grado de minusvalía del 65% vivo en Cataluña/España.
Cobro cada mes 700 euros que provienen de unos alquileres de 2 pisos que tengo en propiedad.
Vivo sola en un piso de alquiler.
Soy divorciada legalmente,
¿Tengo derecho a percibir la pensión por hijo a cargo? ¿Mi madre la podría percibir? ¿Debo empadronarme con ella y convivir para que me la aprueben?

¿Tengo derecho a alguna otra pensión o ayuda si es que a esta no tengo derecho?

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A mi juicio si puede solicitar su madre la pensión por hijo a cargo, (basándome en los datos que ha dado), En principio ud no supera el SMI, que es de 900 euros actuales, ( y si fuera el anterior del 2018 de 735 euros, tampoco ) quedando en 700 euros y tiene una minusvalía igual o superior al 65%. Hasta aquí va bien. Para cobrarse esa cantidad siempre es mas seguro el pertenecer al mismo núcleo familiar, pero hay excepciones como por cuestiones médicas, estudios, tratamientos etc, "pero no consta que por gusto u otro motivo", por lo que a saber si no fueran estos le resultara necesario empadronarse con ella. Por tener ud esa minusvalía y ser el motivo de solicitud, su madre quedaría exenta del requisito de limitación de "cuanto/renta cobra ella" y ud como relata respecto a ud, " no cobra pensión no contributiva alguna". La excepción sería la no contributiva de orfandad, pero otra cualquiera le impediría solicitar por hijo a cargo. Si se concede, es normal que pueda venir a nombre de su madre pero con destino a ud.

Por otro lado, si cobra ud 700 euros de los alquileres, cobraría a razón de 8.400 euros anuales y las pensiones no contributivas típicas de las comunidades autónomas para aquellos que tienen invalidez igual o superior al 65% suelen tener el requisito entre otros, de que no superen los 5.500 euros, (aproximadamente y que intuyo será aproximada en casi todas). Es por ello que la simple y no contributiva para ud..., como que no la veo factible.

Todo esto es bastante acertado, pero consulte en su comunidad por si existieran cambios de última hora. En los servicios sociales de su comunidad el tope de ingreso para solicitud de pensión contributiva. En la Seguridad Social el tope para solicitud de hijo a cargo.

Un saludo.

Ahhh... Le adjunto después de leer varias páginas y aparte de haber gestionado esto para mi hermana, ( pensión orfandad a sus 48 años con 65% de minusvalía, prestación hijo a cargo y haber cobrado antes de todo esto la contributiva de la comunidad - Andalucía ), un link muy acertado y directo.

https://cursosinemweb.es/prestacion-por-hijo-a-cargo/ 

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Muchísimas gracias.

Me queda una duda.

El hecho de ser divorciada afecta en algo a la aprobación?

Muy amable

Disculpe de nuevo: el hecho de ser propietaria de 2 viviendas me perjudica para pedir algún tipo de ayuda?

Gracias de antemano

El hecho en si de ser divorciada no le afecta en nada, ahora, eso si, si ud percibiera una pensión de mantenimiento por su exmarido, (entiéndase para ud ), si se computaría como renta que se sumaría a los 700 euros que va cobrando mensualmente. Si la cobrara como pensión alimenticia para hijos que ud tuviera a su cargo y de ese matrimonio, no, no le afectaría, ya que estas de alimentos percibidas se consideran exentas a efectos contributivos.

Pero vamos, el hecho en si de ser divorciada ni le quita ni le pone. No le afecta.

Un saludo.

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Gracias.

No cobro nada más que los alquileres que suman 700 euros.

La duda está también en lo siguiente:

Me pueden denegar la pensión por hijo a cargo? Y Si eso pasase, creo que mis rentas superan lo establecido para ser perceptora de una pensión no contributiva.

Muy amable

En principio y sin contar con nada más, on los 700 euros mensuales y salvo que en su comunidad hubiera cambiado el tope a cobrar.. creo que por exceso de renta se lo denegarían. Por eso le recomendé consultara en Asuntos Sociales ese tope para ir segura a solicitarla, no obstante en principio creo que la sobrepasa..., amén de otros requisitos. Estamos hablando de la cuestión de ingresos.

Si veo más factible la de hijo a cargo.

El ser poseedora de 2 viviendas. A ver, por la que constituye domicilio no se tributa y por tanto no constituye renta. Por las demás un mínimo de no recuerdo un 1,1 ó 1,2... Si tiene las dos en alquiler (y esto no lo tengo claro), quizás no le computen como renta su propiedad, sino los beneficios del alquiler.

Esto ya, alguien más puesto que yo o economista se lo podría asegurar.

Yo de ud, teniendo averiguado ese tope para hijo a cargo con toda nitidez, consultaría a un economista...30/euros por la consulta en su despseguridpara ver esa suma de ingresos.. y con toda seguridad entonces lanzaba la solicitud. ¿El por qué tanta seguridad?. Bueno pues porque en un principio y por falta de datos podrían concederla, pero si más tarde aparecieran datos desconocidos podrían requerirle la devolución y hubiera sido otorgada de forma improcedente.

Un saludo.

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¡Gracias! Ha sido usted muy amable.

Yo vivo alojada por un familiar , aunque tengo que pagar  por estar allí,, y tengo 2 viviendas en propiedad que están alquiladas y las dos me aportan unos ingresos de 700 euros en total.

Ya veo que la no contributiva me la denegaran por nivel de ingresos.

La de hijo a cargo. Ojalá me la puedan dar. Aunque aún no tengo claro si cumplo los requisitos.

Muchísimas gracias por su atención

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