Obligación de dar garantía a producto rebajado
Trabajo en una óptica y mi jefe nos ha mandado rebajar varias monturas de temporadas pasadas de varios precios (119 €, 140€, 98€ ...) a 30 € para poner en el escaparate y poder venderlas pronto con ese precio de saldo. Nos dice que avisemos al cliente de que no tienen garantía ni repuestos por ser piezas únicas descatalogadas. Según tengo entendido, tenemos la obligación por ley a dar la garantía mínima de dos años aunque sea sustituyendo la pieza por otra similar por no haber repuestos, pero se niega. ¿Es eso legal? ¿Podemos privar al cliente de la garantía por ser precios de saldo?
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Respuesta de Juan Carlos Grisolía
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