Si lees las instrucciones del modelo 303 verás que lo tienes que poner en la casilla de adquisición de bienes de inversión. A diferencia de lo que te ha comentado el otro experto, en mi opinión deberías de poner el 100% de la base imponible, y el 50% del IVA soportado.
Dice textualmente "Se harán constar las bases imponibles y el importe de las cuotas soportadas deducibles, después de aplicar, en su caso, la regla de prorrata, distinguiendo si se trata de operaciones corrientes u operaciones con bienes de inversión (Artículo 108 LIVA)."
A mayor abundamiento, en las instrucciones del modelo 390 que es traslativo de lo que sucede en el 303, podemos leer:
Operaciones interiores de bienes de inversión
IVA deducible en operaciones interiores. Bienes de inversión - Casillas 196,197,611,612, 613 y 614. Se hará constar, exclusivamente, el importe de las bases imponibles de aquellas cuotas soportadas que sean deducibles total o parcialmente, gravadas a los tipos del 4%, 10%, y 21%y las cuotas deducibles del Impuesto sobre el Valor Añadido, soportadas en la adquisición de bienes de inversión directamente relacionados con la actividad, que no están excluidas del derecho a deducción, después de aplicar, en su caso, la regla de prorrata o el porcentaje de
Deducción en caso de afectación parcial.
El importe de la base imponible se consignará, en todo caso, sin prorratear. - Casillas 50 y 51. Se hará constar, exclusivamente, el importe total de las bases imponibles de aquellas cuotas soportadas que sean deducibles total o parcialmente y las cuotas deducibles del Impuesto sobre el Valor Añadido, soportadas en la adquisición de bienes de inversión directamente relacionados con la actividad, que no estén excluidas del derecho a deducción, después de aplicar, en su caso, la regla de prorrata o el porcentaje de deducción en caso de afectación parcial. El importe de la base imponible se consignará, en todo caso, sin prorratear.
No ignoro, que algunos programas informáticos no facilitan esta información como la AEAT indica, pero es claro que hay que indicar la totalidad de la base imponible y sólo el IVA deducible, que en su caso es el 50%.