Si se trata de un vehículo que tiene la calificación de nuevo, (menos de 6 meses, o menos de 6000 Km, recorridos), el vendedor aunque sea un particular se convierte en empresario a efectos del IVA, por lo tanto:
a) Su empresa debe de estar dada de alta en el ROI, para poder realizar adquisiciones intracomunitarias.
b) Esta operación irá por el art. 25uno de la Ley del IVA, y no el 25dos, por lo tanto se incluirá en su declaración modelo 303 normal.
c) Se debe de justificar el transporte intracomunitario de Alemania a España, y proceder a su matriculación en España. Se producirá un IVA devengado del 21% por el valor de la compra, y a su vez se producirá la deducción del IVA completa, en la medida que sea un vehículo afecto a la actividad, al tratarse de una furgoneta que entiendo será para el transporte de las mercancías de la actividad.
d) El iva soportado pendiente de deducción seguirá siendo el mismo que tenía con anterioridad.
Ejemplo:
Si la compra es por 10.000 Euros, en la declaración de iva, figurarán las siguientes partidas:
Adquisiciones intracomunitarias …. 10.0000 21% 2100 Euros
Iva deducible en bienes de inversión …………………. -2100 Euros
Iva pendiente de compensar ………………………………. 4.500 Euros
Resultado liquidación...………………………………………… -4500 Euros.