Vamos a retroceder al principio, y poner en claro algunos puntos. Tu eres la única propietaria, y tu padre es el usufructuario. Se supone que la hipoteca la están pagando tu. Tu padre, lo único que hace es vivir ahí, y podría hacerlo hasta que se muera. Si por el camino tu vendes esta casa, y aun no has pagado toda la hipoteca, lo normal es que lo que resta por pagar se subrogue al comprador y tu recibas el resto hasta el monto convenido, pero en el mismo momento de la compra-venta tendrás que indemnizar a tu padre, según valor que fija la ley (un mínimo del 10% del valor del bien, y un máximo del 70%. La fórmula es usufructo = 89 - edad del usufructuario). No hay nada pues a "repartir", pero sí "indemnizar". ¿Queda claro?