Padre con usufructo vitalicio de 3 inmuebles, se casa de nuevo. ¿Puede la nueva esposa heredar algo?

¿Puede la nueva esposa heredar usufructo del usufructuario?

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El artículo 513 del código civil, en su apartado "1", lo dice de forma muy clara:

"El usufructo se extingue por la muerte del usufructuario".

Por tanto, al morir, el usufructo desaparece y por tanto nadie puede heredarlo.

Además, el usufructo es derecho a goce y disfrute, por lo que ni se puede vender, ni ceder, ni dejar en herencia... etc, por la sencilla razón de que usufructo no es propiedad.

Por tanto, y contestando a su pregunta, la esposa no va a poder heredar el usufructo.

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