¿Estoy obligado a presentar declaración renta-18 por una pensión de 19.500 + un ingreso de 900 de plan de pensiones?

Me gustaría saber si estoy obligado a presentar la declaración de la renta-18 por ingresos de 19.500 euros por la pensión, más 900 euros de ingresos del plan de pensiones. (total 19.500 + 900 = 20.400 euros).

1 respuesta

Respuesta
3

En ningun caso estas obligado a presentar declaración de renta. Puesto que no superas el limite de 22.000 euros. Te paso la explicación de la AEAT:

140949-OBLIGACIÓN DE DECLARAR: LÍMITES RENTA 2018

    Pregunta
  • ¿Quiénes tienen obligación de declarar?

    Respuesta
  • En general todos los contribuyentes están obligados a presentar y suscribir declaración por el IRPF.
    No obstante, no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes y en los siguientes importes, ya sea en tributación individual o en conjunta:
    O bien
    Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales.
    Este límite será de 12.643 euros para los contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo en los siguientes supuestos:
    Cuando procedan de más de un pagador, salvo determinadas excepciones
    Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
    Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
    Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
    Y/o rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.
    Y/o rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros el capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.
    O bien
    Rendimientos íntegros del trabajo, del capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.

Pero en mi caso tengo dos pagadores uno por la pensión (19.500 euros, y otro de la compañía de seguros por el plan de pensiones (900 euros). Aún así no tengo la obligación de hacerla?. Es que tenía entendido que cuando hay más de un pagador, los límites cambian.

Si el importe abonado por el segundo pagador es superior a 1500 euros, el límite global de ingresos baja a 12643. Si es inferior a esos 1500 el límite que se tiene en cuenta es el general de 22000

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas