Impuesto de circulación de un vehículo vendido

En abril de 2018 realicé la venta de un vehículo. El nuevo propietario no ha realizado la transferencia hasta febrero de este año por lo cual me ha llegado a mi el impuesto de circulación. Tengo el contrato de compra venta donde demuestra la fecha de la transacción pero en la DGT no me aseguran que vayan a redirigir este impuesto al nuevo propietario.

Mi pregunta es: ¿Qué pasa si no lo pago? Entiendo que me mandaran cartas con el recargo pero ¿hasta qué cantidad? ¿Me pueden embargar la cuenta por no pagar un impuesto que no me corresponde?

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En el censo de vehículos constaras el 1 de Enero como propietario, por lo que es posible que te lo quieran cobrar a ti. Un contrato privado sin haberlo pasado por trafico no tiene eficacia frente al ayuntamiento. Si no pagas se inicia procedimiento de apremio con recargo del 10% si pagas en el plazo aue te den. Sino lo haces, el recargo de apremio es del 20% y se tienen que liquidar intereses de demora hasta la fecha de pago. Si sigues sin pagar se devengara el recargo ejecutivo del 20% y costas. Efectivamente puede haber un embargo preventivo de tu cuenta bancaria.

Lo más seguro y económico es pagar en plazo y exigir el pago al propietario actual, si puedes demostrar por cualquier medio que sea eficaz frente a terceros que la transacción se hizo en el año anterior, además de reclamar al nuevo propietario, puedes después de haber pagado realizar una solicitud de ingresos indebidos acreditando que el propietario legitimo a inicio del año es otro, facilitando, nombre completo, nif, dirección, etc para que les sea fácil reclamarlo a la otra parte, aunque de “motus propi” no veo yo al ayuntamiento

Devolver, pero creo que este es el planteamiento, salvo mejor opinión más seguro.

A nivel practico hay que asegurarse que tras la transmisión se produce el cambio de titularidad, para evitar este y otros problemas, imagine por un momento que su vehículo se utiliza para la comisión de un delito, ya tenemos un lio.

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