Régimen de visitas a familiar menor con nacionalidad Hispano-italiana
Es la primera vez que escribo por aquí con la intención de poder conocer nuestros derechos y obligaciones pero no sé por dónde empezar.
Veréis, somos una familia española que recientemente hemos perdido a una hermana después de una larga enfermedad. Ella estaba casada con un italiano, vivió hasta su fallecimiento allí y tuvo una hija que actualmente tiene 3 años.
Entendemos que se trata de un tema peliagudo porque se trata de dos países diferentes, queremos mantener una buena relación con el padre de la niña (nuestro cuñado) pero no sabemos si eso va a ser posible y queremos estar preparados por si tenemos problema a la hora de poder ver a la niña y que la traiga a España por algunos periodos. Por supuesto, queremos ver a la niña X veces al año, pero no sabemos si hay alguna ley que regule este tipo de visitas.
Buenas tardes:Por supuesto esa es nuestra primera opción, pero estamos viendo que va a ser complicado. Lo que quisiera saber es si legalmente podríamos hacer algo para tener unas días con ellas por ley. A la niña le encanta estar con nosotros y viceversa, no es un problema de llevarnos bien o mal. - lorca Gar
Yo creo que el estar pendientes de una segunda opción ya os podría condicionar. En cualquier caso a estancias de varios días, al margen de la autoridad del padre, no tenéis derecho, ni lo consideraría conveniente (ya que vosotros mismos iríais contra la patria potestad tan necesaria para la niña); SIGUE - anavr
SIGUE DEL ANTERIOR: otra cosa sería meras visitas. Pero como os decía, yo os recomendaría trabajar la opción mejor, sin pensar en otra cosa. - anavr