Acciones legales contra un padre que quiere volver y abandonó a su hija hace tres años
2 Respuestas
(xxxxxx)
"... Y ahora él quiere reconocerla me han obligado a ponerle sus apellidos ya que es el padre biológico..."
¿Cómo qué la han obligado? ¿Ya hay una sentencia judicial definitiva en que hayan determinado que se debe colocar los apellidos a la niña? Sería bueno que aclare este punto.
Ahora tratemos del caso concretamente. La determinación de la filiación por parte del padre es un derecho que le asiste a él y a su hija. Su hija tiene el derecho subjetivo de poseer su filiación clara y legalmente determinada. Se que es lamentable que en casos como el suyo, en el que el padre posee una conducta incorrecta se tenga que reconocer este derecho, pero así está establecido en la ley para beneficio de los niños y de la familia. Es también necesario para usted si piensa en luego demandarlo para que él se haga responsable de sus obligaciones patrimoniales para con la niña; sino piense ¿cómo podría demandar a alguien que cumpla sus deberes de padre cuando frente a la ley no es el padre de la niña?
Si él está pensando en accionar este derecho de filiación, usted sólo debe esperar buscando el apoyo jurídico y familiar necesario para el bien de su hija. Si él ya accionó y el tribunal reconoció su filiación, tal como le pregunté anteriormente, entonces usted debe o puede proceder a ejercer otra acción que le corresponde.
Tal como usted indicó, que desde que nació la niña el padre ha tenido una conducta totalmente irresponsable y anti-paterna, entonces está usted capacitada para ejercer la acción penal de abandono de familia y de menores, prevista en el Código Penal. Ella contempla que "el que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses".
Por lo tanto, puede usted denunciarlo ante el tribunal con competencia penal por abandono de familia y de menor, y en ese proceso alega usted todas los hechos que ha descrito aquí, tales como la conducta irresponsable del padre, consumidor de estupefacientes y demás. En ese caso el juez apreciará todas las circunstancias y podrá incluso imponer la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar por tiempo de cuatro a diez años. Por lo tanto se libraría usted de la molestia ocasionada por este padre irresponsable porque él no tendría el derecho de la patria potestad sobre su hija.
Un consejo: si su abogado no la apoya y no comprende su situación, busque otro! Hay muchos abogados que entenderían esta situación y estarían dispuestos a ajudarla.
Espero que haya podido ayudarla. Para cualquier aclaratoria no dude en volver a preguntar.
Luego... (es que mi historia es bien larga ) él puso fotos de mi hija en internet antes de que se legarizara de que era su padre yo le denuncié a la guarcia civil pero siguen ahí y no las ha quitado son fotos de cuando vino al hospital las hizo con el móvil y las ha colgado en un foro que las ve todo el mundo encima en el foro junto a las fotos dice : YA SOY PADRE ESTOY MUY CONTENTO me parece tan irreal y tan sinvergüenza de su parte.. quisiera saber si puedo hacer algo contra esto también ya que esas fotos las puede coger cualquiera, la guardia civil archivaría el caso o algo porque no se nada más de ese tema.
MUCHAS MUCHAS gracias por su respuesta le he intentado poner el máximo de detalles y me ha ayudado mucho su respuesta, agradecería una respuesta a mi pregunta muchas gracias.
Por lo que me dice entonces ya está establecida la filiación y a su hija le han atribuido el apellido del padre. Ahora bien, le pido que me aclare algunas dudas. ¿En ese proceso se determinó algo acerca de la patria potestad, la guarda, sobre el régimen de visitas o sobre alguna otra obligación de cuidado de la niña, por parte de usted o del padre? ¿Llegaron a algún acuerdo sobre ésto? ¿Qué le ha dicho el padre sobre visitar a su hija o ejercer otros derechos? No estoy claro sobre si existe algún juicio en curso en estos momentos, una vez que me ha dicho que espera el juicio; le agradezco me aclare este asunto.
En el caso de que haya un proceso en curso debe tener en cuenta que el sistema de justicia en algunos casos puede ser ineficaz, pero en otros casos muchas veces ofrece posibilidades de hacer justicia dependiendo siempre de la forma como uno se defienda, fundamente y pruebe los derechos que nos asisten. Si usted tal como me ha comentado, no está segura de la integridad personal del padre de su hija, puede y debe usted alegar en el proceso este hecho, comunique y demuestre al juez que su contraparte no reúne las condiciones necesarias para ejercer sus derechos paternos, pudiendo solicitar tal como usted dijo, un examen psicológico o sociológico al padre a través de expertos en la materia de salud. Sólo usted puede considerar si vale la pena, pero le aconsejo que lo haga sólo si está segura de que el padre no reúne estas condiciones o si tiene algún problema psicológico o sociológico que le dificulte ejercer sus derechos paternos, sin poner en riesgo la seguridad de su hija. De otra forma, este examen sería contraproducente.
Sobre el hecho de retirar a su hija de su entorno habitual y sobre si el juez valorará el hecho de que el padre no la conoce, recuerde que el juez siempre valora todos los hechos que exponen las partes, todo depende de lo que se alegue y fundamente, por eso no deje de expresarle este asunto al juez. Sobre el régimen de visitas el juez acordará lo que considere más conveniente en beneficio de la niña, pero lo que él considere será lo que usted alegue y pruebe. Por eso le recomiendo que asista a los actos del juicio y no deje que sea su abogado el que exprese los asuntos más delicados del proceso. Debe hablar claramente en el juicio expresando todas sus inquietudes y temores de manera que el juez se identifique con usted y acuerde lo que solicita. Recuerde que él puede acordar todo lo que usted le pida siempre que sea en beneficio de su hija y no esté en contra de la ley.
Sobre lo que me pregunta de pedir atrasos, ¿se refiere usted a la prestación de alimentos? Si es así debo decirle que lamentablemente no puede pedir el pago de las prestaciones desde que nació la niña, sólo puede demandarlo para que cumpla con esta obligación desde el momento en que sea acordado por el tribunal. La obligación de prestación de alimentos corresponde por igual al padre y a la madre, sin embargo, como usted fue la única que se responsabilizó durante todo este tiempo, debe usted alegar y demostrar este hecho en tribunal de manera que el juez valore por una parte su esfuerzo, y por la otra la irresponsabilidad del padre y acuerde que de ahora en adelante sea el padre el obligado, aumentando así la carga prestacional que normalmente él debería asumir.
Sobre las fotos, recuerde lo que le comenté, no deje de plantearle este hecho al juez. Exprese el temor que usted tiene sobre el uso que se le puedan dar a esas fotografías y que por el bien de la niña lo mejor sería que se retiraran de espacios públicos por orden judicial. Si usted fundamenta esta inquietud el juez podrá considerarla y si determina que puede causar cualquier perjuicio a la niña entonces ordenará lo más apropiado a las autoridades competentes. No deje usted de exponerle este asunto.
Sobre su otra pregunta lamento no encontrarme en Barcelona porque de lo contrario estaría encantado de encargarme del caso, pero le agradezco sus palabras y su confianza. Le aconsejo que si tiene que buscar otro abogado trate de buscar uno que trabaje en materia de familia, y que sea alguien que usted note que demuestra sensibilidad por la protección de los derechos de los niños. Sería mucho más positivo en la defensa de los derechos de su hija.
Le agradezco me aclare las dudas que al principio le expuse. Aun cuando no pueda encargarme de su caso, estaré pendiente para ayudarla en lo que necesite por lo que le pido me mantenga informado de como transcurre todo. Suerte.
Lo de la manutención atrasada haber lo que determina el juez también lo dejo todo en sus manos...;lo de las fotos lo sacaremos en el juicio para que vea el juez como es esta persona de irresponsable junto la demanda de la guarcia civil.
Le he comentado a mi abogado lo del abandono de familia como me comentaste pero dice que ahora ya habiendo firmado lo de lo apellidos aun no habiéndose dictado sentencia que falta el fiscal por aprobarlo ya no se puede hacer nada y no valdría para nada que eso seria si él incumple la manutención o las visitas.
Así que estoy en un punto que no se que atenerme con miedo a todo no se que hacer se que lo hacer por fastidiarme porque él ni sus padres querían a la niña porque como en la carta dice me quería obligar a abortar o que me fuera de esa casa. Esperaremos al juicio porque me temo que otra opción no me queda y no quedarme en blanco. Muchas gracias que lastima que no sea usted de por aquí... un saludo, espero su respuesta, gracias.
Si nada establece al respecto, entonces no debe preocuparse en extremo, porque es usted la que ejerce la guarda de la niña, y por lo tanto la que tiene el control de los derechos sobre ella. Para el padre poder hacer algo necesita de una autorización de las autoridades, o intentará solicitar al tribunal alguna acción, y es en ese momento en que usted debe actuar y defenderse alegando todo lo que hemos expuesto anteriormente para demostrar que ese padre no reúne las condiciones para hacerse cargo plenamente de la niña; en ese caso debe usted mostrar la carta donde él le propuso practicarse el aborto como prueba de esa falta de condiciones humanas y morales para ser padre. No acepte ningún acuerdo que usted no desee, recuerde que el poder jurídico sobre su hija lo tiene usted, en caso de que la sentencia no diga nada a este respecto, y por lo tanto para el padre poder hacer algo debe contar con su autorización o el de las autoridades, por lo que le recomiendo que piense bien antes de acordar cualquier asunto con él.
Sobre la acción de abandono de familia no estoy de acuerdo con su abogado porque el sujeto es padre de la niña desde que ella nació y es desde ese momento que adquirió obligaciones, no desde el momento en que dicten la sentencia de filiación. Pero no se preocupe esta acción no es estrictamente necesaria sino como medida de justicia.
Lamento su situación pero debe tranquilizarse para poder pensar mejor, recuerde que la justicia es posible. Sobre cualquier duda con la sentencia o cualquier otro asunto no deje de preguntarme.
- Compartir respuesta
Yo también quisiera más información, tengo un caso parecido pero el padre lo conocí en inglaterra y cuando se empezó a torcer la relación ( no de dejaba salir a la calle, me dijo que como siguiera hablando con mi familia no le haría el pasaporte a mi hija y que no le iba a poner mis apellidos, solo los de el, el es polaco pero vive en inglaterra y después de dos años sin querer verla ni pasarme manutención alguna, quiere responsabilizarse de ella, y no se por donde tirar porque es una persona que fuma porros y más cosas, no quiero que mi hija tenga un padre como este monumento, no se lo que hacer y ni si pedirle los dos años estos atrasados ni cuanto de manutención, el dice que le ponga primero los apellidos de el si no me pasa manutención pero yo hasta que no vea que se va a comportar como un padre en 2 siguientes años no le quiero cambiar el apellido, me gustaría saber si estoy dentro de lo legar.
- Compartir respuesta
Hola quería saber si al final leyendo tu caso pudiste arreglar algo ya que yo me encuentro en la misma situación y querría saber si se puede hacer algo para que el padre de mi hija que apareció ahora no tenga estos derechos gracias espero alguna respuesta - Sheila Rodriguez Carvajal
Hola, ¿me interesa el caso Porque estoy en algo SiMilar? ¿Qué salió en la SentenCia? - Ana Castro