Fallo del TS sobre Ley de Discapacidad

Tengo reconocida una IPT hace 5 años, por la cual tengo un 33% de Discapacidad y estoy trabajando en un CEE en la Comunidad Valenciana, tengo Contrato en vigor hasta Septiembre de este Año, mi Empresa me a pedido hace unos días una Tarjeta de Incapacidad, que no la tengo para seguir trabajando, sin la cual en Septiembre si no la tengo no podre seguir Trabajando, me la tiene que dar el Centro de Valoraciones de la Comunidad Valenciana el cual esta tardando de media 12 meses en adelante, mi pregunta, ¿el 33% de Incapacidad que tengo y un 18% que se me dio también en su dia de Discapacidad se suman? . ¿No puedo seguir Trabajando hasta que no tenga la Tarjeta? No tendría que haber un tiempo de Carencia después del Fallo para presentar la Tarjeta.

Respuesta
1

La última valoración de discapacidad es la que vale.

Podrías pasar por el departamento donde envían las tarjetas y exponer tu caso por si pueden acelerarlo. Si llevas una petición por escrito de la empresa mejor.

De todas formas debes tener el certificado de discapacidad que en su día te mandaron, con ello suele ser suficiente

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