Te pueden quitar la incapacidad por solicitar la discapacidad

Desde junio tengo una incapacidad del 33% y ahora me dieron un 10% por discapacidad. Yo por incapacidad estoy cobran un dinero, pero me han dicho que ahora al haber ido a un centro base para la discapacidad me pueden quitar parte de la pensión.

Yo lo que entiendo es que la incapacidad es por no poder trabajar en lo mío debido a mi lesión y la discapacidad es como no poder moverme como una persona sana.

En donde me hicieron el reconocimiento para la discapacidad me dijeron que ellos seguían unos patrones diferentes para dar la discapacidad y los que sigue la seguridad social para la incapacidad.

Me gustaría saber si es posible que me quiten la incapacidad ahora.

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Incapacidad y Discapacidad son dos conceptos diferentes y, de hecho, los llevan desde la administración dos "departamentos" diferentes.

Dices que tienes una incapacidad del 33%, pero eso no existe. La incapacidad es parcial, total, absoluta o gran invalidez.

La discapacidad, por otro lado, si que se regula con porcentajes.

Será total revisable pero pone un 33% y no se porque. Pero de todos modos me dijeron que cuando me den la tarjeta sería un 33% que es el mínimo. ¿Es verdad?

Creo que me han engañado. Porque yo lleve los documentos de la seguridad social que ponía un 33% de discapacidad. Pero me dijeron que no valía para solicitar tarjeta de aparcamiento. QUE necesitaba movilidad reducida pero que ellos( asuntos sociales) tenían que reconocerme la discapacidad.

Ahora tengo un 33% de la seguridad social y 10% por servicios sociales. ¿Puedo tener algún problema? Ellos me dijeron que el otro documento no valía para eso.

Gracias

Vale, por partes.

Tienes una incapacidad permanente total. Todas las incapacidades son revisables (otra cosa es que las revisen o no, pero pueden hacerlo).

La incapacidad permanente total (IPT) es equiparable a una discapacidad del 33%, en eso te dijeron bien. Pero eso no significa que te den automaticamente la tarjeta de discapacidad con ese porcentaje. No, no te la dan. Simplemente a efectos fiscales o las ventajas que sean es equiparable. Puede ocurrir casos como el tuyo que a criterio de incapacidad tengas una IPT pero a criterio de discapacidad no llegues más que al 10%.

Por otro lado, esta el tema de la movilidad. No todas las personas con discapacidad pueden acceder a la tarjeta de aparcamiento. No, para eso hay que tener movilidad reducida y no todas las personas con discapacidad la tienen. Es un beneficio que obtienen únicamente las personas que realmente tienen movilidad reducida. Un ejemplo: puedes tener un 68% de discapacidad y no tener movilidad reducida así que no tendrás derecho a la tarjeta de aparcamiento.

Tu caso: te han valorado que no tienes movilidad reducida. Tu discapacidad la han valorado en 10% pero como tienes IPT, de cara a beneficios fiscales o los que haya en tu comunidad enseñas la IPT y es como si tuvieras un 33% de discapacidad. Pero acuerdate de llevar la IPT no la tarjeta de discapacidad! (Aunque con un 10%, no sé ni si te la habrán emitido, eso depende de cada comunidad, normalmente si no llegas al 33% no las imprimen).

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