Venta de vivienda habitual en Reino Unido e impuestos a pagar en España

1. Tenemos nuestra vivienda habitual en venta en Reino Unido ya que queremos mudarnos a España en septiembre para que nuestra hija empiece el colegio allí. La venta se completará a finales de este año, cuando ya estemos allí. ¿Tendremos qué pagar impuestos por la venta en España a pesar de haber pasado menos de 183 días como residentes en España? ¿Tendríamos qué pagar impuestos por la venta de la vivienda si en lugar de mudarnos a España en septiembre, nos mudáramos en enero del año que viene(2020)?

2. Mi pareja (británico)cumplirá 60 años en septiembre y se prejubilará con una pensión de funcionario de un gobierno local de Reino Unido. Entendemos que con el tratado de doble imposición entre España y Reino Unido, solo pagará impuestos aquí. ¿Esto es así o tendría que pagar algún tipo de impuesto en España también?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que les estudie y ayude con su caso concreto. Los traslados de residencia son algo complejos para el tema fiscal.

Si ustedes son residentes fiscales en Reino Unido, han de tributar allí por todas sus rentas mundiales. Como estarán menos de 183 días en España, no han de tributar por el año 2019 en España, a no ser que tengan bienes o algún tipo de ingresos generados en España, que tributarían aquí como no residente.

Es importante, inscribirse en el consulado de UK en España, una vez empadronados aquí, así como comunicar el cambio de residencia fiscal, tanto en Hacienda de Uk, como en la Agencia Tributaria de España. También han de cancelar las cuentas bancarias de UK o informar que no son residentes...

A partir del año 2020, ya serán residentes fiscales en España, y tributaran por todas sus rentas mundiales aquí, incluida la pensión de UK, lo que no significa que salga a pagar, solo que tendrán obligación de presentar declaración. Esto incluye posibles inmuebles u otras rentas de UK.

También ha de tener en cuenta que el BREXIT puede modificar ciertas cuestiones, aunque esta pendiente de concretarse si hay periodos transitorios y a que afectara exactamente.

Muchas gracias por su respuesta. Tan solo pedirle una aclaración: Entonces al inscribirnos como residentes en España en septiembre y haber estado allí menos de 183 días, ¿no tendríamos que hacer declaración de la renta el año que viene? ¿o tendríamos que hacerla al estar allí el 31 de diciembre de 2019? No tenemos ningún ingreso ni bienes en España.

Muchas gracias.

La renta de 2019 que se presenta en 2020 la han de hacer como residentes en UK, y no en España.

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