¿Qué sucede y cómo procede la JEZ cuando no se puede notificar a la persona designada para formar parte de una mesa electoral?
En las elecciones pasadas del 26 de mayo de 2019 tuve que ser la presidenta de una de las mesas electorales, siendo yo primer suplente de presidente. Este titular no asistió ese día al lugar, y fue nombrado y pasado lista como al resto de titulares y suplentes. La persona encargada fue un representante de la administración local, que iba marcando en la lista quién había acudido. Esta misma persona repetía una y otra vez que el titular de presidente no iba a venir, sin ser seguro, pero mostrando mucho convencimiento de ello (como si le conociera). Puse constancia de este hecho en el Acta de Constitución de la Mesa.
Puse queja por escrito a la Junta Electoral de Zona, debido a lo que me contestaron tras llamarles por teléfono y exponer estos hechos. En esta llamada me dicen "que ellos no pueden saber quién han acudido y quién no. Que eso es muy difícil de saber. Que ellos no pueden hacer de policía. Si el titular hubiera tenido excusa admitida, directamente no se le nombra". Me contestan a mi escrito diciendo que al presidente titular "no se le pudo notificar el nombramiento en su domicilio, por lo que no procede deducir testimonio por delito electoral." Entonces ¿por qué fue nombrado como uno más ese día?. Entonces esta persona de la administración tendría que saber que no se le ha podido notificar.
Mi pregunta es saber si se puede dar el caso de que no se llegue a poder notificar al titular y, si es así, si tenían la obligación, como creo interpretar en la LOREG, de notificar al primer suplente que va a ser titular ese día. También quisiera conocer quién se encarga de comunicar que alguien no se ha presentado, y quién es el que tiene que penalizar, como dice esta ley, a los que no acuden y no tienen excusa legal. ¿Realmente se mira y penaliza a quien no va? La JEZ tiene en su poder las excusas presentadas y son ellos quiénes las valoran, y ellos saben quienes constituyen cada mesa electoral...¿cómo es posible que me digan que es imposible saber quién ha acudido y quién no? Tengo entendido que si no te localizan para ser notificado, va la policía a tu casa, o de alguna manera te lo hacen llegar.
Este caso me parece que es para ser penalizado, y da la sensación de que era alguien conocido en la administración y han hecho la vista gorda. Es muy decepcionante que la propia Junta diga que ellos no pueden saber quiénes han ido y quiénes no. Entonces, ¿para qué esta Ley si los que la tienen que hacer cumplir no hacen su trabajo?.