Fiscalidad indemnización por salida del hogar
Una buena amiga ha recibido una indemnización que en el convenio de divorcio se describe como "ayuda e indemnización por salida del domicilio conyugal", sin embargo otra cláusula del mismo convenio dice que "no es procedente la fijación de la pensión compensatoria recogida en el art. 97 del Código Civil ni la compensación recogida en el art. 4 de la compilación del derecho de civil de Baleares", de modo que la percepción de dicha indemnización parece ser que no debería tributar por rendimientos del trabajo en la declaración del Impuesto sobre la Renta. La pregunta es, ¿en caso de, dicha indemnización, estar sujeta a tributación, lo estaría en base a la Ley del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas o bien sería una donación?
2 Respuestas
Respuesta de Pedro abogado
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Respuesta de Juan Francisco Defez Gómez
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