Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado especializado que les estudie su caso concreto. Si lo desean pueden encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.
Ustedes disponían de 6 meses para liquidar los impuestos, pero como no lo hicieron ahora estarán prescritos... Por lo tanto, es el momento de regularizar la situación del inmueble y por lo tanto de la herencia. Sin que ustedes sean propietarios, no podrán disponer del inmueble, incluso alquilarlo puede suponer un problema, al estar en una herencia yacente una parte... pero debiendo haber declarado la imputación de rentas o los alquileres en sus rentas, tanto los propietarios, como los comuneros de la herencia yacente.
Además es importante saber que quieren hacer, por el tema de la valoración, no es lo mismo querer vender que no...
Ahora lo primero es solicitar certificado de ultimas voluntades y certificado de seguros de fallecimiento, para lo que necesitan el certificado de defunción. Si no hay testamento hay que hacer declaración de herederos.
Posteriormente se ha de hacer la escritura de adjudicación de herencia, presentar las liquidaciones de impuestos y registrar en el Registro de la Propiedad.
No hacerlo, puede suponer una complicación en el futuro, por ejemplo si fallece uno de ustedes.