¿Hay qué liquidar un contrato fijo cuando se produce un fallecimiento?

Una persona que lleva varios años en la misma empresa, pero con contrato fijo un par de años, tuvo una enfermedad y estuvo de baja unos meses, ahora desgraciadamente falleció.

La empresa pagó partes proporcionales de pagas, vacaciones, los días del mes, pero dicen que no tiene derecho a indemnización del contrato... ¿esto es así? Quién me puede orientar

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Como norma general si hay que pagar indemnización por fallecimiento del trabajador.

Además, en muchos convenio colectivos se incluye la obligación de un pago por fallecimiento. Que normalmente esta cubierto con un seguro que las empresas contratan.

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado especializado en derecho laboral, que le ayude.

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