Lo primero recomendarle se pongan en manos de un experto que les estudie su caso concreto para evitar problemas.
En efectivo no se puede pagar una vivienda, por prevención de blanqueo de capitales, ya que el notario ha de indicar los medios de pago y adjuntarlos a la escritura... hemos visto escanear billetes para incluirlos en la escritura...
Si usted le da el dinero a su hijo, es una donación y ha de tributar por ello, debiendo hacerlo en escritura publica para poder acogerse a los beneficios o bonificaciones fiscales. Encontrándose con el mismo problema con el notario.
Otro problema es como ingresar ese dinero en el banco, pues por prevención de blanqueo de capitales pueden solicitarle información de la procedencia del mismo y haber liquidado los impuestos correspondientes. Cada banco tiene su propio protocolo y se activa de muchas formar, pero especialmente con los ingresos en efectivo. Y pueden bloquear las cuentas mientras no se demuestre.
En cuanto a los gastos de notario, conforme a ley, usted paga una parte y el vendedor otra... al comprador le corresponde el pago de los impuestos (transmisiones habitualmente) y registro de la propiedad.