Informe diagnosis automóvil facilitado por taller

Recientemente he formulado consulta sobre supuesta obligatoriedad que puedan tener los talleres de reparación de automóviles de facilitar a sus clientes en hoja anexa a la factura, el informe de diagnosis que puedan haberle realizado al coche y que haya conllevado la sustitución de algunas piezas.

Mi consulta fue respondida con gran claridad por un experto sr. Letrado, en el sentido de que el cliente tiene derecho a que le sea facilitado dicho informe técnico.

Pero lo cierto es que, al día de fecha, habiendo reclamado el informe al taller en repetidas ocasiones, vía email, estoy encontrando serias reticencias para que me sea facilitado dicho informe "DTC", que en la factura figura como: "hacer diagnosis con KTS 650 (¿Bosch?), y que me cobran por ello 35 euros más el 21% de IVA, detalladamente como un capítulo independiente del resto de conceptos como piezas sustituidas, mano de obra, etc.

Por todo lo cual, concreto mi consulta en lo siguiente:

1) La máquina de diagnosis, en mi caso la KTS-650-Bosch, ¿expide en el momento del chequeo un documento gráfico con el informe?

2)Caso de que el taller no hubiera impreso en su momento dicho informe, ¿podrá "rescatar" dicho informe dentro de la memoria de la máquina para imprimirlo y facilitármelo?.

Gracias anticipadas por si algún experto pudiera responderme y así estar más preparado para contraargumentar la posible explicación que pueda darme el Jefe de Taller en próxima entrevista que voy a solicitarle para que me aclare su conducta en mi caso.

Terminando, me atrevo a comentar en el foro que, al menos con las personas de mi entorno a las que he comentado la circunstancia, existe un gran desconocimiento e "ignorancia" al respecto, y casi nadie cuenta con que los talleres les justifiquen las reparaciones con el mencionado informe unido a las facturas que abonan, en el caso de que en los trabajos fuera implícita y por supuesto facturada la diagnosis de averías con la máquina tal ó cual.

1 Respuesta

Respuesta

Lo que pregunta es un aspecto técnico de esa máquina que desconozco, además entiendo que tampoco influye en mi respuesta anterior, el que paga algo inmaterial tiene siempre derecho a que le justifiquen la realidad de lo que paga, pienso por ejemplo en los análisis médicos es algo similar, el enfermo tiene derecho a recibir copia de los mismos.

Maxime en su caso que la cantidad cobrada no es baladí.

Buenas tardes,

En respuesta al sr. Hernández (abogado), le agradezco nuevamente la atención que me dispensa.

El caso es que he seguido planteando mi segunda pregunta en este hilo con la intención de requerir información a algún experto en talleres y sistemas de diagnosis, sobre si puedo tener la certeza de que esas máquinas conservan la información de los diagnósticos en su memoria, bien para expedirla puntualmente cuando se elabora el diagnóstico ó también posteriormente si se quiere recuperar la misma, entre otras razones por si la pide el cliente o cualquier otro supuesto.

De todas maneras, mañana piensa darme su argumento de NO FACILITARME EL INFORME DE LA DIAGNOSIS  el responsable Jefe de Taller y ,por si pudiera ser de utilidad en este foro, lo volcaré en este hilo, para aportar "doctrina" a otros señores como yo, que pagamos "religiosamente" las facturas y nos encontramos con este tipo de problemas al reclamar nuestros derechos.

Vaya por delante que me espero argumentos por su parte como:......." es que no grabamos el informe en la máquina"........ó del tipo:..... "es vd. el primer cliente que nos pide esta cosa tan rara"....., ó......"ahora ya no podemos porque ya hemos borrado las averías.......,etc,etc 

Muchas gracias y agradecido por la atención recibida.

De usted depende conformarse con esa “argumentación “ o denunciar los hechos a Consumo

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