I. Hola Julia, respetando por supuesto el punto de vista del experto Antonio Álvarez, en mi caso voy encaminado a la misma situación en que se encuentra su marido, ya que me acerco a los 42 años y sólo he cotizado 22 meses, por lo que, claro, no comparto del todo su opinión, si bien es cierta en buen grado.
A veces se producen importantes problemas a nivel de salud o familiares, prolongados en el tiempo, y la bola de nieve cada vez vá haciéndose más grande casi sin que nos demos cuenta.
No conozco una respuesta concreta, en forma directa sólo he encontrado una posible opción/alternativa, la llamada jubilación no contributiva, que tiene según leo el principal problema de los requisitos, pues uno de ellos consiste en percibir unos ingresos mensuales iguales o inferiores a los 400€, y el otro obliga a la persona a tener un minimo de 65 años. -Copio de una pagina externa-
**Para poder acceder a una pensión no contributiva de jubilación, los demandantes deben cumplir con cuatro requisitos:
- Tener 65 años o más.
- Tener residencia legal en España. Para cumplir con este requisito, el demandante de la jubilación no contributiva deberá acreditar, al menos, 10 años de residencia en España, de los cuales dos de ellos deben haber sido inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión no contributiva y de forma ininterrumpida.
- Carecer de rentas. En este caso, se considerará que la persona carece de rentas cuando sus ingresos anuales no superen los 5.136,60 €. -No se puede, al parecer, superar los 400€ mensuales-
- No tener derecho a una pensión de jubilación contributiva (la pensión común por jubilación) por no cumplir con los requisitos que se solicitan. (Entre ellos el tener un tiempo mínimo de trabajo cotizado).
La pensión de jubilación no contributiva nunca podrá ser superior a los 5136,6 € anuales salvo aquellos pensionistas de invalidez no contributiva con un grado de discapacidad igual o superior al 75% y, además, puedan acreditar la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, en cuyo el importe de su pensión de jubilación será un 50% superior a la cuantía íntegra para este tipo de prestaciones, para este año 7.704,90 €.
La cuantía que perciba cada ciudadano dependerá de su nivel de ingresos personales o de la unidad familiar con la que conviva, nunca siendo inferior del 25% de la cuantía íntegra marcada, es decir, en el año 2015 no pudiendo ser inferior a los 1284,15 € anuales.
Si en una familia conviven varias personas beneficiarias de este tipo de pensiones, la cuantía para ellos será de:
- Dos beneficiarios de pensión no contributiva: 4633,18 € al año por beneficiario.
- Tres beneficiarios de pensión no contributiva: 4109, 28 € al año por beneficiario.
Todas aquellas personas que quieran solicitar una pensión no contributiva de jubilación podrán hacerlo en las oficinas de la Seguridad Social, en las oficinas del IMSERSO o en las oficinas de Servicios Sociales de su comunidad autónoma de residencia.
En otros consultas similares hemos expuesto otras vías, que imagino en su mayor parte no son aplicables aquí:
Subsidios para personas mayores de 45 y 55 años.
https://loentiendo.com/subsidio-mayores-de-45-anos/
Prestación por hijo a cargo. Es necesario que los hijos sean menores de 18 años, o bien que, siendo mayores de edad, padezcan algún tipo de discapacidad, (porcentaje de un 33% como mínimo),
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio
Subsidio ordinario/extraordinario de SEPE/INSS
https://loentiendo.com/sed-subsidio-extraordinario-desempleo/
- Subsidio por cargas familiares
https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/cargas-familiares
Información global sobre otros subsidios de desempleo existentes.
https://loentiendo.com/el-subsidio-por-desempleo/
Deseaba dejar otra información 'suelta' que he encontrado relacionada con el ámbito, por si les fuese de utilidad, mucho ánimo y suerte.
https://observatoriodepensiones.com/jubilacion/pensiones-no-contributivas-cotizar/
https://www.youtube.com/watch?v=q_0FRvbfbIY
https://loentiendo.com/requisitos-pension-no-contributiva/
https://cursosinemweb.es/no-he-trabajado-nunca-tengo-derecho-a-alguna-ayuda-o-pension/
https://www.diariosur.es/economia/fiscalidad/preguntas-frecuentes-sobre-20180121191720-nt.html