Puede dar de baja el que esté debidamente autorizado, o en su caso el pariente mas cercano, pero ¿quién lo está?. Comentas que los sobrinos tiene algún tipo de poder que se desconoce.
El bloqueo de cuentas bancarias está en la misma situación. Lo normal es que la cuenta contenga también un cotitular o autorizado. El bloqueo ocurre cuando en la "declaración de herederos" para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, hay que adjuntar un certificado de saldo de cuenta bancario. Ahí "cierra el grifo" pero solamente la mitad si hay otro titular mas. ¿Quién pasa a ser heredero de la vivienda del familiar fallecido? Ese es que de debería gestionar todos los trámites de los servicios.
Si es solo por la cuestión de enterramiento, personalmente dejaría a los sobrinos se encargaran. Tendrán que hacerse cargo de todos los gastos, entierro, liquidaciones y trámites, y honestamente: Al fallecido o fallecida, "le da igual" menos quebradero para vosotros. Perdurará el recuerdo en vuestra mente, con independencia donde esté el cuerpo material.
Si es por otro motivos, como cuestión de herencia, creo que debereis esperar a la apertura del testamento y obrar en consecuencia. Quizás lo mejor sea exponer el tema a un abogado quien sabrá, con la ley en la mano, las medidas a tomar.