Derecho de herencia de una nietastra

Hace unos años mi tía-abuela se casó con mi abuelo (era su cuñado y estaba viudo) y ahora acaba de fallecer aunque su marido sigue vivo (tiene Alzheimer y compartían tutor legal ya que ninguno de los dos estaba en pleno uso de sus facultades mentales). Desconozco si la susodicha tenía testamento. ¿Los bienes de ella pasarían a su marido si no tenían separación de bienes? Soy la heredera legítima de mi abuelo ¿tengo derechos en la herencia de la fallecida? Los únicos familiares de ella, a parte de su marido, son su hermana y sus sobrinas carnales, yo solo era sobrina-nieta de ella pero entiendo que tras el matrimonio pasaría a ser su nieta también.

En caso de que hiciese un testamento puede que fuese anterior al matrimonio, ¿qué puedo hacer en ese caso? ¿Puedo ser heredera forzosa? ¿En qué situación queda su marido?

Por otro lado, ambos estaban en una residencia y familiares con acceso a la vivienda han accedido y sustraído joyas que eran de mi abuela y de mi madre, ambas fallecidas ¿este hecho se puede denunciar? En caso que la denuncia fuese factible ¿qué datos/pruebas serían necesarias para que la denuncia fuese satisfactoria y recuperar las joyas?

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Si la causante murió sin testamento, usted no tiene nada que ver con la herencia de la fallecida, ya que la herencia forzosa solo se abre para los herederos sanguíneos, de forma que no heredaría de su abuela por el hecho de ser esposa de su abuelo (que es una vinculación de parentesco político), sino de la hermana de su abuela, que es la vinculación de parentesco sanguíneo que crea el derecho a la herencia. Es por tanto usted una pariente de cuarto grado, y ella dejó (además de esposo) parientes en segundo y tercer grado, correspondientes a sus hermanos y sobrinos. Si fue designada explícitamente como heredera o legataria en el testamento, tendrá exactamente lo que aparece en el mismo, sin derecho a complementar o modificar la disposición testamentaria. Para saber si existe o no el testamento, ha de dirigirse al Registro de Actos de Última Voluntad y le despacharán una certificación que contiene esa información (si hubo o no testamento, y en caso de haberlo, ante qué notario). Ha de hacerse con un certificado de defunción de la fallecida.

Los herederos forzosos de la fallecida son en primer lugar su marido, que hereda todo si no hay testamento, y en segundo lugar sus hermanos y sobrinos. Por ello, si su abuelo tramita la herencia de su difunta esposa, por mediación del tutor con el acuerdo explícito judicial, accederá a la masa hereditaria que le corresponda. Una vez que esta masa esté integrada dentro de su patrimonio entrará en el caudal hereditario correspondiente a los herederos de su abuelo. Si no se tramita la herencia en favor del esposo, podrán los hermanos y sobrinos de la causante acceder a la porción legítima. Si, finalmente, ninguno acepta la herencia, será usted la heredera legítima.

En lo que respecta a lo que menciona de las joyas, eso es más bien para consultarlo con la policía. Tiene que tener en cuenta la prescripción de esos delitos, y el hecho de que el tener unas joyas de otra persona no significa que haya habido robo ninguno.

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