Seguro de hogar en casa de 1795

En el seguro del hogar del banco se han dado cuenta que la casa que hipotequé es de 1795 y me han anulado el seguro. ¿Eso es legal? ¿Qué puedo hacer? ¿Puedo denunciar al banco para que me devuelvan todo lo pagado durante estos años? ¿Cómo puedo recuperar lo que me han estado cobrando? Me han estado cobrando durante 6 años unos 250€ cada medio años. ¿Lo puedo recuperar o es verdad que lo puedan anular sin más? ¿Si ahora por ejemplo tengo un incendio, es verdad que no responderán después de haber estado pagando religiosamente?

Y otra cosa: ¿Es verdad que no sea legal asegurar una casa tan vieja? Claro mi duda además también es, que más les da si igualmente nunca he usado el seguro y si además ha sido reformada muchas veces.

A ver si alguien me puede orientar un poco aquí porqué en el banco hacen firmar aquí y allí, se les escapa hasta la risa, además te suben la hipoteca porqué como si fuera por culpa de uno dicen que ya no hay la bonificación del seguro del hogar. No entiendo nada.

4 respuestas

Respuesta
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Lo mejor que le ha podido pasar es que el banco le haya anulado la póliza. Un personal que falsea la documentación para llevarse la comisión, ocultan la antigüedad, no es buen sitio dónde confiar la seguridad del patrimonio.

Por supuesto se puede hacer una póliza para esa vivienda. Lo importante es que sepa la fecha de la última reforma integral, y saber si quedan vigas de madera. Estos datos son los que debe advertir al profesional (no al banco) para que le hagan una póliza en condiciones.

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Y enhorabuena por haber conservado una casa tan antigua...

Olvídese de lo pagado y contrate un seguro del hogar que sí le sirva. Por ejemplo el de Adeslas sí que le serviría para esa casa.

Con lo ya sufrido, no vuelva a contratarlo a través de ningún banco y alégrese de que no haya ocurrido nada grave.

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Si al hacer el seguro ha falseado datos puede tener problemas si tiene algún siniestro, de lo contrario, en la anualidad cobrada tienen que atenderle.

El anular la póliza, es potestad de la CIA con la devolución correspondiente al último año.

No le debe corresponder cualquier devolución por años anteriores al haber estado asegurado aunque no haya dado parte alguno.

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¿Qué un banco ha respetado escrupulosamente las normas de contratación? que raro...

A ver, ante un siniestro pequeño no hubiera pasado nada. En uno grande si habría tenido problemas. Pero pagando prima, y ante un juez.. dudo que no le diera cobertura. Eso sí, después de mil penurias.

Muchas compañías restringen, mas que por la antigüedad porque no tenga cambiadas tuberías y electricidad.

Es que cuando uno firma, tiene que saber lo que firma.

Por lo que dice el diferencial de su hipoteca está referenciado a una serie de productos, entre ellos el seguro de hogar, que al contratarlo con el banco le sale mas barato. Esto ya es mas un tema de consumo, porque si no me equivoco esta práctica ya es ilegal.

Ponga una reclamación al defensor del cliente, tanto del banco, por la subida del tipo de interés, como de la aseguradora, porque le han dejado sin seguro.

Y ahora a contratar otro... Hable con un mediador/corredor y no con un banco.

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