Reparto fondos inversión a la muerte de uno de los titulares

Me gustaría consultarles lo siguiente: mi padre fallecido el 04/04 en bienes gananciales con mi madre y con testamento a favor de ella como usufructuaria universal y con 2 hijas herederas, necesitamos saber si la única opción teniendo fondos de inversión a nombre de los dos es el 50% a mi madre y 25% a ambas hijas, exigiéndonos abrir ctas. Bancarias y ctas. ¿De fondos de inversión en el mismo banco que ellos?. Nosotras no queremos eso, queremos que mi madre, cotitular, se quede con el total de los fondos de inversión, bien para mantenerlos o para venderlos.

Y que supone para nosotras en caso de que lo tengamos que hacer así a efectos de declaración de la renta y gastos que supone gestionar así la testamentaria de mi padre. No tenemos nociones en este campo y según el Banco hay que hacerlo para abrir la cta. De fondos de inversión. Y traspasar las participaciones a sus herederas.

3 Respuestas

Respuesta

Tienen que hacer declaracion de herederos ante notario, luego en el banco hay que desbloquear y declarar valores heredados ante hacienda de la comunidad en que este la herencia.

NO te entiendo muy bien lo que me dices, solo hablo de los fondos de inversión, quieres decir que si vamos a un Notario para rechazar los fondos que nos corresponden, sí es posible??????

Declarar me imagino que solo sea si los vendes no??????

Aclaración por favor

Es una herencia si la" aceptas" es todo en conjunto no puedes decir esto me combiene y los fondos no, con todas las consecuecias. Luego podeis venderlos si estais de acuerdo . Todo ello despues de, declarlo y aceptar la herencia.

Respuesta

AL fallecer su padre su madre hereda todo (al ser heredera universal). Hay que tramitar la herencia de su padre a su madre( (no se puede saltar ese paso). Como todo lo hereda su madre, ella paga los impuestos, notario, plusvalías. Ella puede hacer lo que quiera con su herencia: vender el piso, quitar las inversiones, tirar el dinero, gastárselo en una residencia, en viajes, etc

Cuando su madre fallezca (Dios quiera que dentro de muchísimos años), entonces habrá que tramitar la herencia de su madre a los hijos de los que ella haya dejado (como si no ha dejado nada), ustedes se quedan con todo (pisos, dinero, inversiones, etc) y ustedes pagan los impuestos, notario, plusvalías.

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Mi caso fue similar pero no recuerdo lo del notario aun viva mi madre. Creo que es como dice Daimon. También es cierto que puedes renunciar a la herencia. Suele darse en caso de que heredas perdidas y deudas no pagadas.

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