¿Qué es necesario para hacer un cambio de propietario de una casa de madre a hijo?

Mi madre tiene una casa a su nombre y queremos ponerla al mio. ¿Qué es necesario hacer y cuanto pueden ser los costes?. Y en el caso de heredar una casa, ¿Qué habría que hacer para cambiar el propietario? Resido en el país vasco

1 Respuesta

Respuesta
1

Faltan algunos detalles, eres único hijo, cual es la intención de querer cambiar el titular, lo único que te pudo responder de momento es que se hereda tras el fallecimiento del propietario y necesitaras, testamento o decharacion de herederos en su defecto, certificado de defunción y certificado de ultimas voluntades, con ello liquidas impuesto de sucesiones en hacienda y plusvalías en ayuntamiento, luego al notario ha hacer las escrituras y al registro de para propiedad a inscribirlas.

La cosa es que nos interesa poner la casa que esta a nombre de mi madre ponerla al mio. Quería saber donde hay que ir para hacerlo, que hay que llevar y si hay que pagar algún coste. Gracias

Lo siento pero como no me aclaras los datos que te pido no te puedo ayudar bien, solo en base a suposiciones, si lo que hacéis es una donación en vida, es perfectamente legal, pero si eres hijo único, si sois más necesitaras conformidad del resto, lis impuestos a pagar son mucho más altos que una herencia, dación encubierta en venta simbólica, es una estafa y podría ser declarada nula la dación por un juez, ventan computaran como ingresos de tu madre el valor real del inmueble, no vale precio simbólico, hacienda da un valor al piso si no coincide con el declarado te mandaran una declaración complementaria y ojo, que tienes que pagarle realmente el precio ya que operaciones de más de 1500€ por ley hay que hacerlas mediante los bancos

Somos 2 hermanos. Seria algo así como una donación si. Poner la casa que esta a su nombre al mio. ¿Queriendo ella poner la casa a mi nombre y no al de mi hermano se necesita autorización de mi hermano?. ¿Y siendo una donación a cuanto podrían ascender los costes? Por ej. Si esta tasada en 200.000€

En este pais la ley impide los favoritismos entre hermanos para evitar perjuicios, por eso las donaciones son complicadas y un gran numero de ellas son declaradas nulas, de momento en este pais garantiza que como minimo 1/3 del patrimonio es para los hijos herederos a partes iguales, por lo que bien en vienes bien en dinero, tu hermano tiene derecho a esa parte, aunque incluso no quisiera saber nada de tu madre, a menos que voluntariamente renuncie a ella, de lo contrario, el dia que tu madre fallezca deberas aportar la casa como herencia. Ahora bien si esto de la cesion se hace por alguna historia rara, podria ser declarada nula, e incluso incurrir en algun tipo de fraude. En cuanto a lo que pagarias no te lo puedo decir ya que las plusvalias depende cada ayuntamiento, en cuanto a hacienda lo mismo ella pone el valor, tu puedes de ir 200.000 incluso venderlo a ese precio a un tercero, pero hacienda puede decir que vale 300.000, de todas formas calculale que entre notario, impuestos y demas, tranquilamente podrias llegar a los 20.000€ ya que al ser donacion no tienes rebajas en los impuestos.

En este país la ley impide los favoritismos entre hermanos para evitar perjuicios, por eso las donaciones son complicadas y un gran numero de ellas son declaradas nulas, de momento en este país garantiza que como mínimo 1/3 del patrimonio es para los hijos herederos a partes iguales, por lo que bien en vienes bien en dinero, tu hermano tiene derecho a esa parte, aunque incluso no quisiera saber nada de tu madre, a menos que voluntariamente renuncie a ella, de lo contrario, el día que tu madre fallezca deberás aportar la casa como herencia. Ahora bien si esto de la cesión se hace por alguna historia rara, podría ser declarada nula, e incluso incurrir en algún tipo de fraude. En cuanto a lo que pagarías no te lo puedo decir ya que las plusvalías depende cada ayuntamiento, en cuanto a hacienda lo mismo ella pone el valor, tu puedes de ir 200.000 incluso venderlo a ese precio a un tercero, pero hacienda puede decir que vale 300.000, de todas formas calcúlale que entre notario, impuestos y demás, tranquilamente podrías llegar a los 20.000€ ya que al ser donación no tienes rebajas en los impuestos.

La cuestión de ponerla a mi nombre es que la casa tiene una hipoteca(importante) aun por pagar. La casa esta a nombre de mi madre y la hipoteca estaba a nombre de mi padre y mi madre. Mi padre falleció hace 2 semanas y ahora me voy hacer cargo yo de pagar la hipoteca por queremos poner la casa a mi nombre también. ¿Se podría hacer una compra venta por lo que quede de pagar de hipoteca? O algo así

Uff el tema es más complejo, pero antes de nada en primer lugar mis condolencias, yo pase por lo mismo hace poco.

Es importante saber si estaban casados en régimen de gananciales y la casa la compraron después de casarse, ya que si es así, aunque la casa este solo a nombre de tu madre el 50% pertenecía a vuestro padre y por ende ahora a tu hermano y a ti, al igual que el 50% de la hipoteca, lo que no entiendo es como la hipoteca estaba a nombre de los dos y la casa solo de ella, si tu hermano no quiere o no puede hacerse cargo de la hipoteca, tiene que renunciar a su parte de la herencia, ten en cuenta que cuando se hereda, se hereda todo patrimonio como deudas, los oasos que tenéis que hacer es, con el certificado de defunción solicitar certificado ultimas voluntades, en el os dirá si hay testamento y en ue notario esta, sino hay tenéis que hacer declaración de herederos, ahora lo siguiente hay dos opciones puedes hacerlo de forma privada (acuerdo entre vosotros) o publica (notario y registro de la propiedad). Si acudes a notario te costara unos 3600€ más que de forma privada, pero la casa estará a tu nombre y de tu madre en el registro de la propiedad.

Tenéis que ir todos los herederos, aunque tu hermano renuncie, depende del notario tendréis que por vuestra cuenta liquidar los impuestos o lo hace el, claro que pagándolo vosotros, lis impuestos a liquidar son impuesto de sucesiones, depende de cada comunidad autónoma, plusvalía depende de cada ayuntamiento y del patrimonio y situación de cada heredero. Para hacer esto tenéis 6 meses sino os pueden sancionar con intereses de demora.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas