¿Qué puedo hacer tras una mala operación de cadera?

Comento mi caso para que me podais asesorar, gracias de antemano.

Hace dos años aproximadamente, con ya prevista una operación de cadera por la seguridad social, me salio una herida en el tobillo y me di de baja voluntaria en la ETT por la incapacidad de poder poner el calzado de seguridad para trabajar. Como ya tenía una operación prevista que llevaba un retraso de un año, decidí esperar unos meses (en paro) y los de la seg. Social me derivaron la operación para el Kiron, de la cual no salio bien porque los tornillos no entraban, tuvieron que mover y volver a colocar la protesis de cadera y me quedó el nervio ciático mal, inactivo, teniendo que usar una tobillera con gancho para que haga el juego del pie, para poder andar sin caerme. Me operaron en Abril del 2019 y no tengo ninguna solución, no me quieren dar el alta pero tampoco tengo mejoría alguna.

Pregunté a un abogado y me dice que hasta que no me den el alta no se puede reclamar la mala operación y/o pedir una minusvalía por ello. Pero ya va a pasar un año de la operación! Ya se me ha acabado el paro, y la ayuda de 400 e, no es suficiente para llegar a final de mes con mujer e hijo a cargo. Y los ahorros de toda la vida, se van. Era una operación de 1 mes y se convierte en esto!

¿Qué puedo hacer para tener una pronta solución?. ¿Puedo solicitar una minusvalía estando de baja? ¿Y la Incapacidad Permanente? ¿Cuáles son nuestros derechos en estos casos? La seguridad social no te ayuda, (cansada de tener que nacer aprendida).

Toda la ayuda que podáis se agradece.

3 respuestas

Respuesta
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Pues yo empezaría por ir a la oficina de la ss de tu zona y solicitar visita en el tribunal medico(para esto no hace falta abogado) y cuando te citen te presentas con todos los informes médicos que tengas, dependiendo de la resolución del evi(icam en Cataluña)que te conceden la incapacidad pues a cobrar y si no antes de treinta días te buscas un abogado (el te dira si con los informes médicos que le lleves es factible)y demanda contra la ss en el juzgado de lo social

Eso es el proceso que se sigue cuando estas de baja, pero en este caso solo cobra la ayuda de 400€. Pero en cualquier caso tu la puedes solicitar sin esperar a cumplir esos plazos y como mucho te citan en 1 o 2 meses, lo se por un caso cercano que además le concedieron la incapacidad y solo llevaba de baja tres meses

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Para pedir una incapacidad hay un proceso.

Hacia el año y medio de estar de baja o te llaman para ir a trabajar o tramitan la incapacidad.

Hay que tener paciencia

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Plazo para reclamar por una negligencia médica

Ya se comentó en anteriores entradas del blog, que una negligencia médica es aquella actividad llevada a cabo por profesionales de la medicina y que suponen o causan un perjuicio al paciente o al cliente.

Algunos de los ejemplos de negligencias médicas son los siguientes:

  • Errores en la medicación, es decir, recetas de medicamentos que, o bien, no son las que necesita el organismo para la determinada enfermedad, o bien, porque te causa una reacción alérgica.
  • Diagnóstico incorrecto,
  • Lesiones perinatales, es decir aquellas lesiones producidas en el momento el parto. Más información en la entrada de blog “Negligencia Médica en el Parto”
  • Errores quirúrgicos,…

Ante esta mala praxis médica, la legislación nos proporciona una serie de herramientas para hacer frente a ésta.

¿Qué podemos hacer ante una negligencia médica?

Antes de nada, debemos saber quién es el responsable de la negligencia médica sufrida, de tal forma que:

  • Si la negligencia fue cometida en un hospital o clínica pública, el responsable será la Sanidad Pública, mientras que
  • Si la negligencia fue cometida en un hospital o clínica privada, el responsable será el médico que cometió la tal negligencia.

Una vez determinado el responsable, deberemos reunir toda la documentación que tengamos a nuestra disposición y que consideremos que pueda sernos de ayuda. Deberemos pedir copias de toda la documentación médica que podamos tener a nuestro alcance. Es también recomendable que realicemos fotografías para ver las consecuencias de las lesiones y su evolución, así como la designación de abogados competentes y expertos en negligencias médicas. Nosotros estaremos encantados de estudiar su caso.

Para reclamar los daños sufridos por una negligencia médica encontramos dos tipos de procedimientos dependiendo de si la mala praxis se produjo en un un hospital público (o clínica) o en un hospital privado.

  • En el caso de que la negligencia se produjera en la Sanidad Pública, el procedimiento a seguir es una reclamación por responsabilidad patrimonial ante la Administración, es decir, un procedimiento administrativo. En tal caso el plazo máximo para realizar tal reclamación es de un año que empezará a contarse desde la negligencia médica, desde el muerte del paciente o cliente, o desde el momento en el que la lesión producida se cure o estabilice, es decir, desde que se le de el alta médica.
  • En el caso de que la negligencia se produjera en la Sanidad Privada, es decir, clínicas privadas, hospitales privados, etc., el procedimiento que se debe seguir es una demanda por responsabilidad civil. En este caso el plazo máximo que tenemos para interponer la demanda depende del tipo de responsabilidad que sea, es decir, en el caso de ser una responsabilidad contractual, el tiempo de prescripción es de 15 años y si estuviéramos ante una responsabilidad extracontractual, de 1 año. En ambos casos empezaremos a contar siguiendo los mismos criterios mencionados en las negligencias médicas producidas en la Sanidad pública.

Tenemos que tener en cuenta que en ambos casos, tanto en las negligencias médicas producidas en la Sanidad Privada como las negligencias médicas producidas en la Sanidad Pública, debemos acudir a un abogado experto para que nos asesore lo mejor posible.

Links de interes

http://www.abogadosnegligencia.es/plazo-para-reclamar-por-una-negligencia-medica/

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