No aclara usted si se trata de hacer un cálculo previo o de comprobar la justeza de una factura de honorarios de abogado y procurador.
En el primer caso es una misión imposible porque de entrada no se pueden pronósticar los problemas y actuaciones que va a suponer esa extinción de condominio, no es lo mismo hacerla de mutuo acuerdo todos los condueños, que conseguirla a traves de un pleito que puede ser largo y laborioso.
Si se trata de hacerlo "a toro pasado" habrá que conocer la cuantía de la copropiedad extinta y las gestiones y actuaciones llevadas a cabo para conseguirla. En cualquier caso siempre sera una cifre estimativa en lo que se refiere al letrado, ya que no existen aranceles, sino criterios orientativos.