Alquilar trastero con la vivienda

¿Tengo por obligación que alquilar el trastero con la vivienda?

Respuesta
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Usted no esta obligado a alquilar nada... y si quiere alquilar solo su vivienda, puede hacerlo.

Siempre que este trastero no forme parte indivisible del inmueble y tenga una entrada independiente a la vivienda.

La cuestión es que tendría que imputarse una renta por ese trastero que esta a su disposición en la declaración de renta y por otro lado declarar el alquiler de la vivienda.

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Respuesta

No tienes el porque

Muchas gracias.

Sabes si hay alguna información de carácter oficial en la que se indique esa no obligatoriedad?

No pero tampoco la hay en la obligatoriedad, tu alquilas el piso, piso+garaje, piso+trastero etc.. en el contrato lo pones es como quieras y es de común acuerdopor ello el precio puede variar no es igual alquilar el piso solo que piso+tratero+garaje etc

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