Techado uralita en mal estado

Ahí va otra pregunta, en mi edificio de dos plantas en la parte de la azotea la mitad de ella esta con techado de uralita que nadie sabe quien la instaló y eso está llevando a otra disputa entre los vecinos. Sabemos que está instalada mínimo desde los años 80 y el edificio es del año 78. La cuestión es que dije en una reunión de vecinos que eso había que quitarlo debido a que la ley obliga siempre que este rota o deteriorada como es el caso y ellos dicen que no porque la azotea es de uso y disfrute mio y como se supone que no esta puesta de origen no lo paga la comunidad, que si quiero lo tengo que cambiar yo. ¿Qué parte es la buena? Según el arquitecto del ayuntamiento correspondería a la comunidad debido a que es zona común independientemente de quien la use y yo no podría quitarla puesto que no es de mi propiedad. El tema es que yo uso mucho en verano la terraza y al estar rota la uralita me puede ocasionar a largo plazo a mi y mi familia un cáncer por las partículas que se desprenden. ¿Puedo presionar para que se apruebe en junta la retirada o no es posible o no corresponde? Muchas gracias

3 respuestas

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No es una cuestión pacífica, ya que, conforme describe los hechos, no se puede determinar quién construyó esa cubierta. La única baza a su favor, que puede ser decisiva, es la normativa que prohíbe esas cubiertas, usted puede invocarla para exigir a la Comunidad que, por razones sanitarias proceda a retirar esa URALITA, si se niega deberá acudir al juzgado.

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Ya hace muchísimos años que las cubiertas de uralita están prohibidas por el amianto (demostrado totalmente que es cancerígeno) y se promueve sus sustitución. Todas las cubiertas de un edificio pertenecen y lo paga la comunidad, no hay otra. Hubo ayudan para sustituir la uralita por tejas. Ahora no sé.

¡Gracias!, se que si están en buen estado se pueden negar pero al estar rotas hay que cambiarlas. El caso es que dicen que lo haga yo porque no saben quien las instalo

Da igual el que lo instaló, se hizo en su tiempo permitido por las normas de construcción de la época. Ahora se sabe que son cancerígenas y más si están rotas, porque ya desprenden partículas.

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¡Ni se te ocurra tocarlas! Si lo haces puedes incurrir en un delito de salubridad pública. Denúncialo, sin más, en tu ayuntamiento o en el Ministerio de Sanidad. Únicamente ellos pueden ordenar su retiro pues ha de hacerlo alguna empresa especializada. Y preparaos pues el costo se lo cobrarán a la comunidad de propietarios.

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