Contabilizar la cesion de un transformador a iberdrola

Quisiera a me dijeran como tendria q contabilizar la cesion a iberdrola de un transformador electrico de mi propiedad. Yo le cedo el uso pero la propiedad sigue siendo mia.

3 Respuestas

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Cuando se cede un centro de transformación a la distribuidora, el material instalado en su interior pasa a ser de su propiedad. También con la cesión, las revisiones anuales pasan a ser responsabilidad de la distribuidora, por lo que el anterior propietario ya no tiene que pagar revisiones, mantenimiento ni reparaciones.

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Para saber si corresponde hacer alguna anotación contable habría que conocer la forma jurídica de dicha cesión y si se ha realizado a título gratuito u oneroso.

Si la cesión se ha realizado a cambio de una contraprestación monetaria y se conserva la propiedad del elemento cedido, el registro contable de la operación será de la forma:

En el momento del devengo (cuando se haga efectiva la cesión)

(2123) Instalaciones técnicas en cesión de uso

A (212) Instalaciones técnicas

(4425) Deudor por cesión de uso

A (7525) Cánon por cesión de uso

A (47725) HP IVA repercutido

En el momento del cobro

(572X) Banco X, ctas. Ctes.

A (4425) Deudor por cesión de uso

El cedente continuará amortizando las instalaciones cedidas en uso por cuanto conserva la propiedad de las mismas.

Por su parte, el cesionario deberá contabilizar el derecho de uso como un inmovilizado intangible. Las inversiones que realice en mejoras o ampliaciones de las instalaciones cedidas se contabilizarán como inmovilizado material y se amortizarán atendiendo a la vida útil de las mismas o al tiempo de duración de la cesión.

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Si no te pagan un alquiler o compensación de ningún tipo no tienes que hacer nada, contablemente.

Si procede hacer una anotación contable puesto que me pagarán una cantidad por la cesión. En un único pago. 

Vale. Pues entonces has de contabilizar la "salida" del transformador de tus activos fijos(que ya no es tuyo) y la de lo que te paguen, como un ingreso.

No lo tengo muy claro, porque yo solo les cedo el uso pero el transformador sigue siendo de mi propiedad por lo que yo creo que no debo sacarlo de los activos fijos.

Depende de si es cierto lo que te dice David Tupak de que “cuando se cede un centro de transformación a la distribuidora el material instalado en su interior pasa a ser de su propiedad”. Tendrás que informarte mejor.

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