Es obligatorio notificar a la compañía de seguros si un hijo va a conducir un coche que está asegurado a nombre del padre.

El coche está asegurado a terceros y el hijo acaba de sacar el carnet

2 respuestas

Respuesta

El artículo 10 de la ley de contrato de seguro viene a decir que el tomador está obligado a comunicar a la aseguradora cualquier circunstancia que modifique el riesgo, en la práctica, cualquier circunstancia sobre la que la compañía le ha preguntado para hacer la póliza, incluso, si cambia de código postal debe comunicarlo a la aseguradora.
Más adelante en la ley explica como se reduce la indemnización en el caso de que se haya producido un siniestro sin esta modificación, y en el caso de que se haya ocultado a propósito la exclusión de la cobertura.

Todo esto no quiere decir que el coche deje te tener la parte de seguro obligatorio, porque la compañía no podrá repetir contra usted por los daños ocasionados a terceros, pero no tendrá cobertura para el propio coche, sanitaria para el conductor y acompañantes, etc...

Respuesta

Sí,

Se produce una agravación del riesgo y hay que comunicarlo a la compañía.

Evidentemente un conductor nobel tendrá una sobreprima.

Si no se hace y hay un siniestro... puede tener problemas

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