El cliente de un seguro que desea asegurar joyas en España, ¿Está obligado a que un tasador determine el valor?

Si un cliente tiene joyas para asegurar. En España, ¿está obligado a que antes de asegurarla se las tase un tasador profesional? ¿Puede asegurar el cliente sus joyas poniéndole el precio que desee aunque valgan menos? ¿Tiene qué presentar las facturas de la compra de las joyas?

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Dependiendo que tipo de joyas. Pero en principio, en el tipo de joyas que hay en cualquier casa no es necesario, las pólizas de seguros son contratos de buena fe, y se recoge lo que dice el tomador del seguro sin más prueba. Es en el momento del siniestro cuando se hacen las comprobaciones, y hay que demostrar las evidencias que justifiquen la preexistencia. En estos casos suelen intervenir peritos especialistas en la materia.

Dependiendo del valor de joyas que se declare la compañía, al hacer la póliza, puede pedir algún tipo de aclaración o prueba, pero, para cantidades pequeñas, 6, 10, 15k€ depende cada compañía no pedirán nada.

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Depende de los importes.

Si va a asegurar 6.000 euros no tiene que tasarlas, con la declaración del tomador es suficiente. Eso sí, en caso de siniestro, tiene que demostrar su preexistencia y su valor.

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