Me pasa como a Poliplos coincido en gran parte con la respuesta de los compañeros anteriores pero íntegramente.
El debate de un vehículo en la plaza es algo que no esta claro del todo, le explico antiguamente los seguro calculaban la póliza incluyendo esa limitación de cobertura, los seguros que se hacen actualmente no incluyen esa limitación con lo que en primer lugar no habría que consultar el condicionado de la póliza de la comunidad.
En segundo lugar no hay una normativa actual que se refiera a comunidades de propietarios sino que habría que acudir a la de parking publico o cualquier análoga.
El ayuntamiento de Madrid al menos que es el que he consultado no se pone de acuerdo porque la respuesta varia en función del técnico que le atienda.
Si es cierto que el sistema contra incendios suele esta dotado para la evacuación de gases y humos con el calculo de un vehículo por plaza pero como le digo no hay una normativa contundente, al menos en Madrid, que le indique claramente si puede aparcar un vehículo o más en su plaza y la limitación del seguro depende de la póliza que tenga y su condicionado.
Lo que si se establece claramente como bien usted indica es que no puede sobrepasar en ningún caso la vertical de las líneas que delimitan su plaza bien aparque uno o dos vehículos.
Si estuviera fuera de Madrid debería consultar por si la normativa de su ayuntamiento o comunidad autónoma regulara de algún modo el aparcamiento de uno o más vehículos en la plaza pero por lo que yo se exceptuando Cataluña que tiene una ley de propiedad horizontal diferente no esta regulado, pero consúltelo porque no se lo puedo garantizar al 100 por 100.
Por otro lado si la puerta no ha funcionado correctamente es responsabilidad en primer lugar de la compañía mantenedora de la puerta de garaje, si la comunidad la tiene, esta compañía tiene que tener un seguro y si no hay mantenedor es responsabilidad de la propia comunidad.
Mi consejo es que por un lado exija al administrador que reclame a la empresa mantenedora si la hubiera y sino la hay es la comunidad quien debe responder en el arreglo del intermitente, además hay una normativa muy clara y de obligado cumplimiento en puertas de garaje que deben cumplir por seguridad y si la puerta no esta en normativa además que pueden tener una seria multa de Industria se encuentran con el problema que pueden tener un accidente más grave que el suyo que ocasione daños personales y con la posibilidad encima que los daños materiales los tenga que pagar la comunidad al no tener un seguro que garantice que la comunidad este cubierta.
Exijan un seguro en condiciones para la comunidad para evitar cualquier tipo de problema que se pueda ocasionar ya que la comunidad puede tener que asumir una derrama cuantiosa por intentar ahorrarse las coberturas de un seguro y que incluso pueden amortizar con distintas reparaciones que actualmente cubren los seguro como pueda ser los desatrancos, aquí el "ahorro" que están teniendo les puede salir muy caro.
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Comentario borrado por el autor - Lorenzo Ayuso Dresde