Reparto de herencia con una deuda por medio

Tengo una deuda con el ayuntamiento de madrid. Hace cuestión de un año me notificaron el embargo de una propiedad por causa de dicha deuda.

En 2016 falleció mi madre sin hacer testamento, he de decir que somos cuatro hermanos, y que mis padres estaban en régimen de gananciales .

Recientemente, ha fallecido mi padre, que en esta ocasión si había hecho testamento.

Ahora, como tenemos que arreglar todo el tema de la herencia, tengo muchas dudas sobre mi situación y me gustaría que alguien me indicara como puedo aclararlas.

Mis dudas son:

-¿Me puedo declarar heredero (de la herencia de mi madre, puesto que mi padre si hizo testamento), sin que me embarguen la parte que me corresponda?.

-¿Si renunció a la parte de herencia de mi madre, lo puedo hacer a favor de mis hijas, aunque sean mayor de edad?.

-¿Puedo renunciar si no puedo hacerlo con mis hijas, a favor de mis hermanos?.

-¿Si puedo hacer esto último, como podrían luego ellos ceder mi parte a mis hijas?.

Agradezco cualquier orientación que me puedan dar al respecto. Porque estoy muy perdido, y no quisiera que algo que ha costado a mis padres mucho conseguir, lo pierda por causa de unas multas del S.E.R .

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-¿Me puedo declarar heredero (de la herencia de mi madre, puesto que mi padre si hizo testamento), sin que me embarguen la parte que me corresponda?.

Mientras usted mantenga la deuda, responde con sus bienes. Por tanto, no tiene ninguna garantía de que no sufra un embargo.

-¿Si renunció a la parte de herencia de mi madre, lo puedo hacer a favor de mis hijas, aunque sean mayor de edad?.

Usted puede renunciar a su parte, que pasará a engrosar la de los otros herederos (sus hermanos). No puede renunciar a favor de sus hijas, en una herencia intestada.

-¿Puedo renunciar si no puedo hacerlo con mis hijas, a favor de mis hermanos?.

Ver anterior.

-¿Si puedo hacer esto último, como podrían luego ellos ceder mi parte a mis hijas?.

Ellos podrían hacer una donación a sus hijas, con el correspondiente incremento del coste económico (sucesiones primero y donaciones después).

¿Podría por favor decirme qué pasos debo seguir?.muchas gracias.

Si se refiere a qué debe hacer para renunciar a la herencia (repudiarla), deberá acudir al notario.

¿Perdone que sea tan pesado.me podría indicar cómo debo planteárselo a la notaría que nos está llevando todo el papeleo ?.porque según uno de mis hermanos no puedo hacer nada más que aceptar el embargo ..y como le he dicho no quisiera llegar a ese extremo.gracias anticipadas por su tiempo.

¿Pero tiene usted intención de repudiar la herencia o no?

Si claro,pero no sé cómo hacerlo.disculpe que sea tan pesado

Usted puede rechazar la herencia ante el notario. No obstante, podría suceder que sus acreedores la reclamaran en su nombre para satisfacer la deuda. Aunque no tengo claro que el S.E.R vaya a hacerlo (¿qué es el SER? ¿Estamos hablando de multas de aparcamiento?)

Si .del ayuntamiento de madrid.yo antes era autónomo ,y estaba todo el día cambiando de sitio con el coche.y me llene de multas .y ya le digo que ahora no sé qué hacer .

Pues renunciar a poseer cualquier biten actual o futuro no parece una solución a sus problemas.

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