¿Cuántos años se puede estar sin abonar la mitad de los gastos extraordinarios por sentencia al otro cónyuge?

Si no se abona la mitad de los gastos extraordinarios al otro cónyuge por sentencia judicial durante años, ¿puede prescribir y así no pagarle?

¿Debo mandarle wasap para que me los abone o no es necesario al estar por sentencia judicial?

Los gastos están todos enviados y recibidos por wasap.

Pasan años y no paga su mitad correspondiente, tiene trabajo, se ha comprado un piso en este año y ha tenido otro hijo.

3 respuestas

Respuesta

Pues ese impago es ilícito penal. Póngase en contacto con un abogado para iniciarlos procedimientos oportunos.

Respuesta

Yo, en cambio, no veo el ilícito penal en los hechos que describe y desde luego que pueden prescribir esas deudas si usted tolera pacíficamente el impago.

Respuesta

Claro que pueden prescribir, para reclamarlos hay que presentar demanda específica con abogado y procurador.

Si usted quiere nosotros podríamos asesorarle ya que somos especialistas en derecho de familia, puede ponerse en contacto a través de los datos que figuran en nuestra web www.masqueabogados.com por mail a [email protected] o por teléfono al móvil 722 78 96 66

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