Si la nuda propiedad vende el piso a otra persona, yo como Usufructuario tengo que firmar otra escritura

Si la nuda propiedad vende el piso a otra persona, yo como Usufructuario tengo que firmar otra escritura. O con la que tengo me vale, o me pueden obligar a firmar otra.

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Siendo Vd. usufructuario, la nuda propiedad no puede obligarle a firmar esa venta si Vd. no desea vender. Tendrían que ponerse de acuerdo entre Vds. para proceder a la venta. Si, por casual, los de la nuda propiedad vendieran a alguien que no tuviera escrúpulos en adquirir esa compra, estando Vd. como usufructuario y no firmando Vd. la conformidad con esa venta. Los nuevos propietarios tendrían que respetarle a Vd. su derecho al uso y fruto de la vivienda.

¡Gracias! 

Quisiera rectificar de que no se trata que Vd. venda o no vender ya que, debo aclararle que el usufructuario no vende, quien vende es el propietario de la nuda propiedad pero, como no todo el mundo quiere adquirir una vivienda con usufructurario, se dan casos en que el usufructuario acepta renunciar a ese derecho, que es lo que a la hora de vender: su renuncia al usufructo. Quede aclarado el lapsus que tuve. Disculpe.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Si usted sigue como usufructuario, que entendemos esta inscrito en el registro de la propiedad, usted no tiene que firmar nada.

Pero como no suele ser habitual que un particular compre solo la nuda propiedad, puede encontrarse en el futuro con un problema de división de la cosa común. Pues posiblemente lo haya comprado una empresa especializada.

Hola y muchas gracias por contestar, yo tengo mi propia escritura.

Pero no le entiendo lo del  problema  de división de la cosa común. Gracias

Aunque el derecho de usufructo es un derecho real, que no forma parte de la propiedad como tal, y como se ha reconocido por el supremo, en muchos casos se puede encontrar con un procedimiento judicial, que puede llegar a alargarse y tener que llegar al supremo para defender su derecho de usufructo.

No solo ha de tener usted una escritura con el usufructo, además debe estar inscrita en el Registro de la Propiedad, para evitar problemas.

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