El propietario no tiene registrada la vivienda en el Registro de propiedad y debe 2 años de comunidad.

El propietario actual tiene un contrato de compraventa privado con la persona que figura en la nota simple y debe la comunidad de 2 años. En la nota simple no figura la deuda del propietario actual, porque el propietario actual no figura en el registro de la propiedad. Además, en la nota simple, figura que el propietario anterior, según la nota simple, es "titular del 50,000% del pleno dominio con
Carácter privativo por título de herencia" en el año siguiente a la construcción y es " es titular del 50,000% del pleno dominio por título de herencia" en el 2005.

Tengo varias dudas:

- Según la agencia inmobiliaria, yo tendría que firmar la compraventa con la persona que figura en la nota simple, pero quien vende y decide el precio es la propietaria actual. No veo claro esto, porque con posterioridad a ese registro de la propiedad se ha celebrado un contrato privado entre la persona que figura en la nota simple y una tercera persona.

- En el caso de que realmente debiera firmar con la persona que figura en la nota simple, ¿lo qué dice en la nota simple implica que esa persona tiene la titularidad al 100%, según el registro?

- Como la propietaria actual debe 2 años de comunidad, aunque eso no quede reflejado en la nota simple, ¿me vería obligada a asumir esa deuda por Ley? ¿Cómo podría evitarlo?

3 Respuestas

Respuesta
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¡Menudo lio! Ponte en contacto con un abogado y haz que el se encargue de aclarar las cosas y se ocupe de los detalles de la negociación hasta el final. Lo que cuentas me huele a estafa..

¡Muchas gracias! Es a través de una inmobiliaria, pero me parece una operación arriesgada, la verdad.

Contactaré con un abogado inmobiliario.

Respuesta
1

Lo primero, recomendarle se ponga en manos de un abogado, como ya le han recomendado.

El titular por contrato privado, primero ha de inscribir tu propiedad en el Registro de la Propiedad, para poder venderle a usted y que usted pueda inscribir esta compra. Si usted compra con hipoteca, es obligatorio. Y si compra sin hipoteca, muy recomendable.

Como norma general, se solicita un certificado de las deudas de la comunidad del inmueble a comprar, y ese dinero se retiene del precio pagado, para pagar a la comunidad y dejar sin deuda. Esto mismo debe hacerlo con los IBI, solicitar un certificado (lo pide el vendedor o en algunos casos el notario) al Ayuntamiento, para ver las deudas y pagarlas.

Respuesta
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¿O sea que usted compra una vivienda a una persona que no es propietaria de la misma?

Lleve mucho cuidado, huele a estafa

Y si debe dod años, si usted lo compra se hará responsable de la deuda

La verdad es que no le veo mucho sentido a firmar la compraventa con la persona que figura actualmente en la nota simple si posteriormente hay un contrato privado firmado y no sabemos si habrá algún otro contrato privado, o sea, que la casa se haya vendido varias veces...

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