Embargo de propiedad por deuda

Quiero saber cómo me afecta el embargo de un piso por una deuda. De 6000 e, el piso está a nombre de dos personas, y cómo puedo solucionarlo

Respuesta
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Solo al titular de la deuda le pueden embargar los bienes, en este caso una vi vivienda.

Por el importe, lo que constará en el Registro de la Propiedad es una anotación de embargo. Para que se pueda eliminar la carga, se ha de pagar la deuda.

Como norma general, no se ejecuta el embargo (subasta) de una vivienda por una deuda de ese importe.

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No le van a comer si cuenta las cosas con rigor y detalle. Ahora tenemos que suponer que la deuda es suya y que los titulares del piso son otras personas que no deben nada. ¿No?

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