Piscina desmontable en zona no urbanizable

Estoy interesado en poner una piscina en mi parcela. Vivo en un pueblo de Málaga. Mi parcela se encuentra en un terreno localizado en un diseminado no urbanizable.

Ya he consultado al ayuntamiento y me ha dicho que la junta de Andalucía no permite las piscinas de obra ni enterradas aunque el perito con el que hablé, al igual que yo, no entiende esta restricción en un diseminado que bien podría estar urbanizado (cuenta con todos los servicios de alcantarillado, agua, luz, etc y no hay explotaciones agrícolas). De hecho el Ayuntamiento hasta hace poco estaba concediendo permisos para construcción de piscinas en contra de esta ley hasta que la Junta le ha puesto seria . Ahora me encuentro en la situación que muchos de mis vecinos tienen piscina y yo no.

Haciendo punto y aparte, pues no me queda otra que poner una piscina desmontable. Mi duda es aquí cual es el limite... Tras preguntar al propio perito del ayuntamiento este no parecía muy ducho en la variedad existente y simplemente me indicaba "las que compras en carrefour...". Yo le pregunté por las de poliéster que van sin enterrar y simplemente llevan una estructura metálica donde apoyan (no va fijada ni nada). A esto me dijo que esas no se permiten aunque me reconoció que nunca las había visto ni sabía de su existencia.

También he visto algunas desmontables de madera que requieren eso si de una plataforma de cemento de unos centímetros, y sobre esta van atornillados un par de soportes sobre las que ya se colocan los tableros de madera que conforman la piscina. ¿Se entiende como desmontable? Pues no sé... Porque desmontarse se puede desmontar... Pero no tan fácil como las desmontables típicas.

En cuanto a las desmontables típicas (las de carrefour) a mi me da un poco grima porque son muy inestables y las veo hasta peligrosas para que un crio suba por esas escaleras tambaleantes...

Por la opción de las de madera no pregunté al ayuntamiento porque visto lo visto dudo las conozcan...

Mi pregunta es: ¿Cuál es, o que dice, la ley en si que delimita que piscinas puedo o no puedo poner? Si es de obra fija, descartado, pero de las otras opciones ¿podría poner alguna que no sea de la plástico de carrefour? ¿Dónde aparte del ayuntamiento, el cual me ha demostrado cierto desconocimiento, puedo consultar?

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Respuesta

Pues dado que la normativa supera la competencia del propio ayuntamiento, yo consultaría en la consejería de la Junta de Andalucia que lleve la competencia sobre ordenación del territorio y urbanismo. Detalla lo más posible el tipo de piscina desmontable que quieres instalar porque técnicamente una piscina que viene desmontada por piezas y que tu realizas por ti mismo el montaje sin ningún tipo de maquinaria pesada de obras publicas se considera desmontable. Otra cosa es que una vez montada, cada año realices su desmontaje, que no suele ser lo habitual, sino que la piscina se queda ya montada todo el año. Imagino que lo que no permitirán en la junta son la realización de estructuras de carácter definitivo en el terreno para la construcción de piscinas, pero para salir de dudas lo mejor es consultárselo a ellos.

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