¿Qué derecho tengo sobre una Donación de vivienda hipotecada?

A mi novia le va a donar su padre su vivienda hipotecada haciéndonos cargo de la hipoteca nosotros y de la casa.

El préstamo hipotecario iría a nombre de los dos, pero al ser la vivienda en donación hacia ella, si nos casamos a régimen de gananciales, ¿esa cara seria de los dos mitad por mitad? ¿O habría alguna forma de hacerla de los dos?

2 Respuestas

Respuesta

Vamos por partes. Primero, ¿habéis preguntado al banco si acepta el cambio de deudor hipotecario? Segundo, tu novia recibirá la donación cuyo importe será el del valor del inmueble menos lo que falta por pagar de la hipoteca, y por ello tendrá que pagar el impuesto de donaciones correspondiente, el cual varia según sea comunidad autónoma. Tercero, el monto recibido en donación será de tu novia aunque os caséis en régimen de gananciales. Lo que pasará a ser común será el capital que paguéis después de casados por esta hipoteca. O sea que la casa en nunca pasará a ser a medias entre vosotros.

Respuesta
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Sobre una donación de padre a hija, usted no tiene ningún derecho. Para que el préstamo hipotecario vaya a nombre de los dos, debe estar de acuerdo el acreedor de ese préstamo, o sea el banco. Si se casan en gananciales, esa casa era patrimonio previo, privativo de su esposa. Pueden hacerla de los dos, si ella le vende o dona una parte, tendrá un coste fiscal importante.

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