Pago irpf en casos poco frecuentes

No sabemos ya donde acudir para aclarar que debemos hacer ante la situación de mi padre.

Hemos ido a hacienda con un poder previo pago, pagado a 3 gestorías distintas, y realizado diversas llamadas a la AT, entre las opiniones de los departamentos legales de inmobiliarias ante la intención de compra de vivienda.

Mi padre tiene 76 años, vivía en un piso, el de toda la vida, un cuarto sin ascensor, su pareja también tiene esa edad, así que consideramos poner en venta el piso y que se fuera de alquiler a otro que se adecuara a sus necesidades. La venta se realizó en octubre 2021, siquiera hacia un año que el estaba en el piso que se alquiló, a día de hoy no sabemos si tiene que pagar irpf, en la llamada de hoy a la agencia tributaria consultas me han dicho que si había vendido el piso en el transcurso de max. 2 años aun estando empadronado en el de alquiler, esta exento de pago... ¿alguien puede ayudarme?

2 Respuestas

Respuesta

Lo primero entendemos que su padre vive en España.

Cuando se vende un inmueble, como norma general se ha de pagar el incremento patrimonial (beneficio de la venta), y si se tiene la intención de comprar una nueva vivienda habitual, antes de dos años, en la declaración de renta del años en que se vende (se presenta al año siguiente) se acoge a la reinversión por vivienda habitual, para no pagar por ese beneficio.

Como todavía no se ha presentado la declaración del 2021 (se presenta este año), puede acogerse a la reinversión de vivienda habitual y comprar una nueva vivienda habitual (ha de ser su vivienda durante tres años para cosiderarse habitual), antes de los dos años desde la venta.

Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

Respuesta

Si su padre tiene más de 65 años y vende su vivienda habitual, esa venta está exenta devIRPF por la ganancia obtenida

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