IMPUESTO AJD en préstamo hipotecario del 2008
Soy de Navarra y según LEY FORAL 25/2018, DE 28 DE NOVIEMBRE, en su Preámbulo, dice : "Finalmente, el Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, modifica en el mencionado ámbito estatal el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, para determinar que el sujeto pasivo, cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, será el prestamista ". Pues bien, me puse en contacto con un abogado y me dijo que como el préstamo (en vigor) era del 2008, no podía solicitar devolución de cantidad de dicho impuesto y sí de gastos notariales. Lo gracioso es que mi banco me devolvió el impuesto ADJ y ahora me amenaza con que si no se lo devuelvo me va a poner una demanda y mi abogado dice que no es con carácter retroactivo ya que la LEY FORAL pone que es del 2018. A mi todo esto me resulta muy extraño... Como si el banco fuera tonto ya ya. ¿Es cierto que no tiene carácter retroactivo? Porque si no entonces tanto la claúsula suelo como los gastos tampoco se hubieran podido impugnar, ¿no?