¿Tengo derecho a alguna otra prestación después de la contributiva?

He leído varios artículos pero no consigo aplicar mi caso a la ley.

Tengo 46 años (estoy realmente asustada porque con 46 creo que ya no conseguiré más trabajo), soltera, dentro de 3 meses termino de cobrar la prestación contributiva, no tengo hijos ni cargas familiares... Pero vivo en la casa de mi padre, propia (lógicamente no puedo permitirme ni un alquiler y mucho menos una hipoteca). En casa vivimos 3 personas, 2 estamos desempleadas. Mi padre cobra pensión de jubilación.

Me he apuntado a algunas ofertas de trabajo a través del Servicio Canario de Empleo, y estoy terminando una certificación profesional a través del SEPE para obtener nuevas habilidades profesionales.

Mis dudas son las siguientes:

- ¿Tengo derecho a alguna otra prestación o subsidio después de terminar la prestación contributiva? ¿Si es así, cuál/es?

- Y esta es la pregunta que más me importa porque no entiendo lo que dice la ley al respecto: ¿Influye la pensión de mi padre? Obviamente él está haciendo el gasto de comida, suministros, etc., pero lógicamente no me da una paga, sin embargo, parece que la ley cree que quien vive en esta situación, y que nuestros padres nos pasa un sueldo... En fin...

¿Alguna

Respuesta
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I. Hola Compañera, en mi caso no soy conocedor pero tengo 44 años y una discapacidad, por lo que, como lector de esta página, en su momento traté de atender a los aportes de los expertos, deseaba trasladarle parte de esa información por si alguna posibilidad se ciñera a a su situación a nivel de compatibilidad, disculpe la imprecisión, mucho ánimo.

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