¿Se puede trabajar a media jornada con una incapacidad permanente absoluta revisable cada año en mi caso?
En diciembre de 2018 me concedieron una incapacidad permanente absoluta revisable anualmente de enfermedad común por psicosis depresiva, transtorno psicótico agudo polimorfo con síntomas de esquizofrenia, transtorno mixto de la personalidad, y transtorno de adaptación. Eso es lo que me pone en la resolución recibida en este mes de marzo. Por otro lado tengo una discapacidad reconocida del 65%. Mi pregunta es la siguiente. Yo estoy en tratamiento farmacológico y terapéutico desde el año 2017 ya que dicho brote psicótico me dio en pleno trabajo y de ahí la incapacidad reconocida. Me gustaría saber si tengo derecho a poder trabajar media jornada sin perder la pensión contributiva por mis 5 años cotizados ya que en la actualidad mi edad es 41 años, es decir, si es compatible ambas cosas en un trabajo que sea de inclusión social con seguimientos psicológicos si es necesario para que pueda conseguir lo que deseo y necesito como es independizarme y vivir como realmente me gustaría. Me gustaría también saber que riesgos corro y cuales no, si me podrían quitar la pensión, si me podrían cambiar la incapacidad... Y donde o con quien podría informarme de ello con detalles.