Código de edificación de no obligado cumplimiento
Según el código de edificación, una chimenea si está a menos de 10 metros de otro edificio ha de estar por encima de dicho edificio... Me dicen que el edificio que lo incumple, como está construido antes que al que molesta con los humos, no está obligado a cumplirlo... ¿alguna solución?
¿Es eso cierto? ¿Puedo yo ir a su edificio a poner el tubo para subirlo? ¿Por tema de salubridad hay algún incumplimiento?